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BOC Nº 047. Miércoles 7 de Marzo de 2012 - 1226

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Sanidad

1226 Servicio Canario de la Salud. Dirección General de Farmacia.- Anuncio de 23 de febrero de 2012, por el que se hace público el Acuerdo que confirma la prohibición de actividades al laboratorio protésico dental Telescodent, S.L., e inicia procedimiento administrativo de restablecimiento de la legalidad.

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BOC-A-2012-047-1226. Firma electrónica-Descargar

No habiéndose podido practicar la notificación en el domicilio conocido a la empresa Telescodent, S.L. del Acuerdo del Director General de Farmacia del Servicio Canario de la Salud, por el que se confirma la prohibición de actividades al laboratorio protésico dental "Telescodent, S.L.", y se inicia procedimiento administrativo de restablecimiento de la legalidad, procede la notificación por los medios previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En consecuencia, a continuación se transcribe y para que sirva de notificación, extracto del citado Acuerdo.

Primero.- Notificar a la empresa Telescodent, S.L. el Acuerdo del Director General de Farmacia del Servicio Canario de la Salud, por el que se confirma la prohibición de actividades al laboratorio protésico dental Telescodent, S.L., y se inicia procedimiento administrativo de restablecimiento de la legalidad, en cuya parte dispositiva dice textualmente:

"R E S U E L V O:

Primero.- Confirmar la suspensión provisional de actividades adoptada durante la visita de inspección girada el pasado día 18 de enero de 2012 al establecimiento Laboratorio Dental Telescodent, S.L., con C.I.F. B-76077171 y domicilio en la calle José Negrín, nº 6-B de Tías (Lanzarote), por dos inspectores farmacéuticos del Servicio de Ordenación Farmacéutica de la Dirección General de Farmacia. Dentro de la medida citada, se entiende implícita la inmovilización de los productos intermedios o terminados, puesto que toda prohibición de actividad lleva aparejada la paralización de la manipulación sobre los productos intermedios y la puesta al mercado de los terminados.

Segundo.- Iniciar procedimiento administrativo para restablecer la legalidad alterada, otorgando a Laboratorio Dental Telescodent, S.L. un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la recepción del presente Acuerdo, para que inste, ante la Dirección General de Farmacia, la tramitación de la preceptiva licencia de funcionamiento de fabricantes de productos sanitarios a medida, rellenando el modelo normalizado que se adjunta al presente y aportando la documentación que en el mismo se cita, así como para que pueda alegar y aportar la documentación que considere conveniente a su derecho.

Si no se solicitara la licencia en el plazo previsto o, en su caso, no se obtuviera tras la instrucción del procedimiento por incumplimiento de los requisitos establecidos normativamente, la Administración declarará el cese definitivo de la actividad.

Notifíquese el presente acto a Laboratorio Dental Telescodent, S.L., informándole que, frente a la confirmación de la medida cautelar, podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Sanidad, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1 y 114 de la LRJPAC, y 30.1 del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Servicio Canario de la Salud.

Frente al acuerdo de inicio del procedimiento de restablecimiento de la legalidad no cabe la interposición de recurso alguno, si bien el interesado podrá hacer constar la oposición al mismo para que sea tenida en cuenta en la resolución que ponga fin al procedimiento".

Segundo.- Remitir el presente Acuerdo al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de febrero de 2012.- El Director General de Farmacia, Buenaventura Fernández San José.

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