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BOC Nº 047. Miércoles 7 de Marzo de 2012 - 1209

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Santa Cruz de Tenerife

1209 EDICTO de 18 de octubre de 2011, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de procedimiento ordinario nº 0000042/2009.

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BOC-A-2012-047-1209. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. Guzmán Eliseo Saviron Díez, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a 17 de octubre de 2011.

D. Álvaro Gaspar Pardo de Andrade, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Santa Cruz de Tenerife, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento ordinario, nº 0000042/2009 seguido entre partes, de una como demandante Dña. Yolanda Salvado Limes y D. Dionisio Rodríguez Ramírez, dirigidos por la Letrada Dña. Encarnación García Caso y representados por la Procuradora Dña. Rocío García Romero y de otra como demandada la entidad Promociones Roque Igara S.L., declarada en situación procesal de rebeldía, sobre resolución del contrato de compraventa y devolución de las cantidades entregadas así como indemnización de daños y perjuicios ocasionados, ha dictado la presente, en nombre de S.M. El Rey, en base a los siguientes:

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Procuradora, Dña. Rocío García Romero en nombre y representación de Dña. Yolanda Salvado Limes y D. Dionisio Rodríguez Ramírez, debo declarar la resolución del contrato de compraventa suscrito entre las partes en fecha 12 de marzo de 2007 y debo condenar y condeno a la entidad demandada Promociones Roque Igara, S.L. a pagar a la parte demandante la cantidad de 14.159,25 euros, con los intereses legales correspondientes y las costas del proceso.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artículo 455 LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Promociones Roque Igara, S.L., expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 18 de octubre de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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