Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 039. Viernes 24 de Febrero de 2012 - 982

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arona

982 EDICTO de 31 de mayo de 2007, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000712/2005.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 9 Kb.
BOC-A-2012-039-982. Firma electrónica-Descargar

JUZGADO DE: Primera Instancia nº 1 de Arona.

JUICIO: verbal LEC. 2000 0000712/2005.

PARTE DEMANDANTE: C.P El Chaparral Fase I.

PARTE DEMANDADA: Dña. Daniela María Mori, Dña. Raffaella María Mori y la Entidad Amancay, S.A,

SOBRE: recl. de cantidad.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo encabezado y fallo literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Arona, a veintiocho de mayo de dos mil siete.

Dña. Beatriz Méndez Concepción, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Uno de Arona, ha visto los presentes autos de juicio verbal 712/2005 promovidos a instancia de la C.P. El Chaparral Fase I representada por el Procurador Sr. Álvarez Hernández y asistido del Letrado Sra. Ruiz Santos contra Dña. Daniela María Mori, Raffaela María Mori y Entidad Amancay, S.A.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Álvarez Hernández en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios El Chaparral contra Dña. Daniela María Mori, Rafaela María Mori y Entidad Amancay, S.A. debiendo condenarles conjunta y solidariamente al pago de la cantidad de dos mil novecientos setenta y seis euros con tres céntimos (2.976,03 euros) intereses legales y costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes interesadas haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por el Sr. Juez que la suscribe hallándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación de la Sentencia recaída.

En Arona, a 31 de mayo de 2007.- La Secretario Judicial.

DILIGENCIA.- En Arona, a 31 de mayo de 2007.

La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios.

Doy fe.

© Gobierno de Canarias