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BOC Nº 028. Jueves 9 de Febrero de 2012 - 690

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Telde

690 EDICTO de 29 de diciembre de 2010, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de procedimiento ordinario nº 0000371/2009.

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D./Dña. Paloma Sancho Sama, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Telde y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

"Vistos, por el Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Telde y su Partido, los presentes autos de juicio ordinario, bajo el nº 0000371/2009, seguidos a instancia de D./Dña. Felicar, S.L., representado por el Procurador D./Dña. Teresa Víctor Gavilán, y dirigido por el Letrado D./Dña. Miguel Rua Figueroa González, contra D./Dña. Aluminio y Ferralla Tamadavi, S.L., y Antonio Velázquez Casimiro, en paradero desconocido y en situación de rebeldía.

FALLO: estimar la demanda interpuesta frente a Aluminio y Ferralla Tamadavi, S.L., condenando a ésta a abonar a la actora Felicar, S.L. la cantidad de 34.183,34 euros, así como el interés legal desde la fecha de vencimiento de cada uno de los pagarés, y el abono de las costas causadas en este procedimiento.

Desestimar la demanda interpuesta frente a Antonio Velázquez Casimiro, absolviéndole de la pretensión contra él ejercitada, sin perjuicio de que pueda reproducirse ante el Juzgado de lo mercantil, sin especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Contra esta sentencia podrá interponerse en el plazo de cinco días desde su notificación, recurso de apelación ante este Juzgado, y que se resolverá en su caso por la Audiencia Provincial."

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Aluminio y Ferralla Tamadavi, S.L., expido y libro el presente en Telde, a 29 de diciembre de 2010.- El/la Secretario Judicial.

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