Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 027. Miércoles 8 de Febrero de 2012 - 665

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda

665 ORDEN de 30 de enero de 2012, por la que se delega en la Secretaria del Instituto Canario de la Vivienda la competencia para autorizar las transferencias entre créditos del capítulo I y autorizar las ampliaciones de crédito que amparen gastos de personal.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 9 Kb.
BOC-A-2012-027-665. Firma electrónica-Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El artículo 22 de la Ley 12/2011, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2012, atribuye a los titulares de los Departamentos las competencias para autorizar las transferencias entre créditos del capítulo I y ampliaciones con cobertura que amparan gastos de personal, simultáneamente a la baja que le da cobertura, en relación con los créditos mencionados en los párrafos g), h) y f) del apartado 2.1 del anexo I de dicha Ley.

Segundo.- No obstante, por cuestiones de mayor eficacia y agilidad, en el ámbito de la organización interna del Instituto Canario de la Vivienda, resulta conveniente delegar las referidas competencias en la Secretaria de este organismo autónomo, atendiendo a las que la misma tiene atribuidas en el artículo 11 de los Estatutos de dicho Instituto, aprobados por el Decreto 152/2008, de 7 de julio.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

De conformidad con el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de aquellas.

En virtud de lo anterior,

D I S P O N G O:

Primero.- Delegar en la Secretaria del Instituto Canario de la Vivienda la competencia para autorizar las transferencias entre créditos del capítulo I y autorizar las ampliaciones con cobertura que amparan gastos de personal, simultáneamente a la baja que le da cobertura, en relación con los créditos mencionados en los párrafos g), h) y f) del apartado 2.1 del anexo I de la Ley 12/2011, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2012.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- Las resoluciones administrativas que se adopten en ejercicio de la competencia delegada por esta Orden, harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas a todos los efectos por su titular.

Cuarto.- La delegación prevista en la presente Orden surtirá sus efectos durante el ejercicio presupuestario del año 2012, sin perjuicio de las facultades de revocación y avocación que podrán ser ejercidas en cualquier momento.

Quinto.- La delegación surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de enero de 2012.

LA CONSEJERA DE CULTURA, DEPORTES,

POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA,

Inés Nieves Rojas de León.

© Gobierno de Canarias