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BOC Nº 018. Jueves 26 de Enero de 2012 - 401

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial

401 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 3 de enero de 2012, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 23 de diciembre de 2011, relativo a dación de cuenta de la ejecución de sentencia de 31 de diciembre de 2007 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias dictada en el recurso contencioso-administrativo 318/2005, contra la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de San Cristóbal de La Laguna; y sentencia de 16 de septiembre de 2011 del Tribunal Supremo, dictada en el Recurso de Casación 1158/2008 (Tenerife).

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BOC-A-2012-018-401. Firma electrónica-Descargar

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 23 de diciembre de 2011, relativo a dación de cuenta de la ejecución de sentencia de 31 de diciembre de 2007 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias dictada en el recurso contencioso-administrativo 318/2005 contra la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de San Cristóbal de La Laguna; y sentencia de 16 de septiembre de 2011 del Tribunal Supremo, dictada en el Recurso de Casación 1158/2008. Tenerife, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de enero de 2012.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en las sesiones celebradas el día 23 de diciembre de 2011, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento de la Sentencia de 31 de diciembre de 2007, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, en el recurso contencioso-administrativo nº 318/2005, interpuesto por don Agustín Delgado Díaz, sentencia que estima en parte el citado recurso contencioso-administrativo, reconociendo que la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de San Cristóbal de La Laguna, en los sectores de Suelo Urbanizable, Geneto 4, 5, y 6, debió de clasificar el suelo propiedad de los actores, el ámbito delimitado por la Revisión parcial del Plan General de Ordenación Urbana de San Cristóbal de La Laguna, ámbito de Montaña Pacho, unidad de actuación GE-35, aprobada el 10 de octubre de 2005, como suelo urbano no consolidado. Sin costas.

Segundo.- Tomar conocimiento de la Sentencia de 16 de septiembre de 2011 del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, por la que se declara no haber lugar y por tanto desestimar el Recurso de Casación nº 1158/2008, interpuesto por don Agustín Delgado Díaz contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 31 de diciembre de 2007 (recurso contencioso-administrativo 318/2005), con imposición de las costas del recurso de casación a la parte recurrente con la limitación, en relación con las respectivas minutas de letrados, de 2500 euros, cada una.

Tercero.- Instar al Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, para que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, lleve a puro y debido efecto la Sentencia de 31 de diciembre de 2007 y practique lo que exige el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo, comunicando al Tribunal Superior de Justicia de Canarias y a esta Consejería su efectiva materialización.

Cuarto.- Dar traslado del presente Acuerdo al Servicio Técnico de Planeamiento Urbanístico Occidental, para que hasta tanto se materialice la ejecución de la Sentencia, identifique los documentos afectados en el ejemplar que obra en esta Consejería, a efectos de estampillar la correspondiente diligencia de nulidad.

Quinto.- Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias y notificarlo al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna y a la Dirección General del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias.

Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Belén Díaz Elías, Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.

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