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BOC Nº 017. Miércoles 25 de Enero de 2012 - 376

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona

376 EDICTO de 24 de noviembre de 2011, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal nº 0000401/2011.

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BOC-A-2012-017-376. Firma electrónica-Descargar

D. Francisco Javier Fernández Blanco, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona a 23 de noviembre 2011 por Dña. Eva Rodríguez Marcuño, Juez Accidental del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de esta ciudad y su partido, vistos los presentes autos que se han tramitado por el procedimiento previsto para el Juicio Verbal, siendo parte demandante la Comunidad de Propietarios Castle Harbour, representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Fátima Esther de Armas Castro y defendida por el Letrado D. Alberto Galeote Pérez, contra D. Leónidas Martínez Martínez, declarado en situación procesal de rebeldía, en los que se ejercitó acción de reclamación de cantidad por deudas a la comunidad de propietarios.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Fátima Esther de Armas Castro en representación de la Comunidad de Propietarios Castle Harbour, contra D. Leónidas Martínez Martínez, declarado en situación procesal de rebeldía, y en consecuencia:

1º.- Debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 426,28 euros que adeuda a fecha de celebración del juicio, más aquellas otras que se sigan devengando hasta ejecución de sentencia.

2º.- Debo condenar y condeno al demandado al pago de los intereses especificados en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución.

3º.- Debo condenar y condeno al demandado al pago de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación que se deberá preparar ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días contados desde la notificación de la misma, en la forma y con los requisitos establecidos por la Ley para el mismo.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Dña. Leónidas Martínez Martínez, expido y libro el presente en Arona, a 24 de noviembre de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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