BOC - 2012/009. Viernes 13 de Enero de 2012 - 208

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

208 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 30 de diciembre de 2011, por la que se aprueba parcialmente la lista de empleo de los aspirantes, presentados y no seleccionados, a las pruebas selectivas para ingresar en el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Arquitectos e Ingenieros Técnicos (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialidad Ingenieros Técnicos Agrícolas, convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, de 19 de abril de 2010.

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Mediante Resolución de 25 de mayo de 2011, de esta Dirección General, se requirió la documentación acreditativa del mérito de la experiencia en la Administración Pública a los aspirantes, presentados y no seleccionados, a las pruebas selectivas para ingresar en el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Ingenieros y Arquitectos Técnicos (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialidad Ingenieros Técnicos Agrícolas, convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, de 19 de abril de 2010.

La documentación acreditativa del mérito de la experiencia en la Administración Pública presentada por los aspirantes ha sido valorada de conformidad con lo previsto en el artículo 3.3 de la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, de 3 de marzo de 2011, por la que se desarrolla en el ámbito de Administración General, lo dispuesto en el Decreto 74/2010, de 1 de julio, que establece el procedimiento de constitución de listas de empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en los sectores de Administración General y docente no universitario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de personal estatutario temporal en los Órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud y se regula el funcionamiento de las listas de empleo.

Los criterios para resolver los casos de empate entre aspirantes de listas de empleo se fijan en el artículo 5 de la citada Orden de 3 de marzo de 2011. En los supuestos en los que se agoten los criterios previstos en el referido artículo 5, la Resolución de esta Dirección General, de fecha 15 de julio de 2011 establece, como criterio de desempate subsidiario, el mejor expediente académico correspondiente a la titulación académica utilizada para la admisión a las pruebas selectivas en virtud de las cuales se forma la lista de empleo.

Por lo anteriormente expuesto, y en el ejercicio de las competencias recogidas en el artículo 53 del Decreto 331/2011, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, así como en el artículo 10 de la mencionada Orden de 3 de marzo de 2011, esta Dirección General

R E S U E L V E:

Primero.- Aprobar parcialmente la lista de empleo de los aspirantes, presentados y no seleccionados, a las pruebas selectivas para ingresar en el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Ingenieros y Arquitectos Técnicos (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialidad Ingenieros Técnicos Agrícolas, convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, de 19 de abril de 2010, con los primeros veinticinco aspirantes relacionados a continuación:

Segundo.- A los efectos de resolver los supuestos de empate detectados en la elaboración del resto de la presente lista, se requiere a los aspirantes señalados a continuación, copia compulsada de la certificación acreditativa del expediente académico relativo a la titulación académica de Ingeniero Técnico Agrícola. Dicha documentación deberá ser aportada ante esta Dirección General de la Función Pública en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias:

Tercero.- El funcionamiento de la lista de empleo se regirá conforme a lo establecido en la Orden de 3 de marzo de 2011, por la que se desarrolla, en el ámbito de Administración General, lo dispuesto en el Decreto 74/2010, de 1 de julio, por el que se establece el procedimiento de constitución de listas de empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en los sectores de Administración General y docente no universitario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de personal estatutario temporal en los Órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, y se regula el funcionamiento de las listas de empleo.

Cuarto.- De acuerdo con lo previsto en el artículo 6.3 del Decreto 74/2010, de 1 de julio, citado en el apartado anterior, quedan derogadas las listas existentes referidas al mismo Cuerpo, Escala y especialidad.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Director General de la Función Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. O bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, a tenor de lo regulado en el artículo 8.2.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentar recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de diciembre de 2011.- El Director General de la Función Pública, Aarón Afonso González.



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