Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 006. Martes 10 de Enero de 2012 - 154

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad

154 ORDEN de 16 de diciembre de 2011, por la que se fija nuevo plazo para la presentación de solicitudes de becas universitarias convocadas por la Orden de 13 de octubre de 2011 (BOC nº 208, de 21.10.11), corregida por la Orden de 8 de noviembre de 2011 (BOC nº 225, de 15.11.11), que aprueba las bases reguladoras y convoca becas para la realización de estudios universitarios en el curso 2011-2012, debido a problemas técnicos.

2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 11 Kb.
BOC-A-2012-006-154. Firma electrónica-Descargar

Visto el expediente tramitado por la Dirección General de Universidades, relativo a fijar nuevo plazo, para la presentación de solicitudes de becas universitarias convocadas por la Orden número 527, de 13 de octubre de 2011 (BOC nº 208, de 21.10.11), corregida por la Orden número 583, de 8 de noviembre de 2011 (BOC nº 225, de 15.11.11), por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan becas para la realización de estudios universitarios en el curso 2011-2012, debido a problemas técnicos.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Orden nº 527, de 13 de octubre de 2011, aprueba las bases reguladoras y convoca becas para la realización de estudios universitarios en el curso 2011-2012. En la base novena, punto 4, establece: "El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias".

Segundo.- Por Orden nº 583, de 8 de noviembre de 2011, se corrigen errores materiales detectados en la Orden de 13 de octubre de 2011, que aprueba la bases reguladoras, y convoca becas para la realización de estudios universitarios en el curso 2011-2012 (BOC nº 225, de 15.11.11), en dicha Orden se establece en su resuelvo segundo lo siguiente: "Esta corrección de errores comporta la ampliación del plazo de presentación de solicitudes en 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias".

Tercero.- El Decreto 30/2004, de 23 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de las becas, ayudas y subvenciones a los estudiantes universitarios y a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación (BOC nº 65, de 2.4.04), en el artículo 11.1 en su último párrafo establece: "No obstante, las convocatorias podrán establecer mecanismos telemáticos de presentación de solicitudes ...".

Cuarto.- La base novena.- Formalización de solicitudes de la precitada Orden de 13 de octubre de 2011, señala: 1. "Las personas interesadas en acceder a las becas convocadas por la presente Orden, deberán cumplimentar una solicitud telemática ...". 2 "Los impresos normalizados para solicitar estas becas serán facilitados en la siguiente dirección de Internet: https://www.gobiernodecanarias.org/educacion/proeducaa ... Las personas solicitantes deberán rellenar telemáticamente las distintas páginas que integran la solicitud, imprimir dicha solicitud para posteriormente presentarla debidamente firmada y acompañada por la documentación indicada en las presentes bases, dentro del plazo establecido en el apartado 4."

Quinto.- Que según certificado emitido por el Servicio de Informática de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad "... debido a una avería en un sistema de alimentación ininterrumpida (SAI) en el Centro de Procesos de Datos (CPD) de la Consejería ubicado en el Edificio 3 de Mayo en Santa Cruz de Tenerife, los servidores que dan soporte al sistema de gestión de becas universitarias no estuvieron operativos desde las 15:00 horas del miércoles 30 de noviembre de 2011 hasta las 13:00 horas del viernes 2 de diciembre de 2011 ...".

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (BOE nº 150, de 23.6.07), establece:

"Artículo 4.c) Principio de accesibilidad a la información y a los servicios por medios electrónicos en los términos establecidos por la normativa vigente en esta materia, a través de sistemas que permitan obtenerlos de manera segura y comprensible, garantizando especialmente la accesibilidad universal y el diseño para todos de los soportes, canales y entornos con objeto de que todas las personas puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones, incorporando las características necesarias para garantizar la accesibilidad de aquellos colectivos que lo requieran."

"Artículo 35.1. La iniciación de un procedimiento administrativo a solicitud de interesado por medios electrónicos requerirá la puesta a disposición de los interesados de los correspondientes modelos o sistemas electrónicos de solicitud en la sede electrónica que deberán ser accesibles sin otras restricciones tecnológicas que las estrictamente derivadas de la utilización de estándares en los términos establecidos en el apartado i) del artículo 4 y criterios de comunicación y seguridad aplicables de acuerdo con las normas y protocolos nacionales e internacionales."

Segundo.- Dadas las excepcionales circunstancias técnicas que han determinado la imposibilidad material de acceder a la aplicación informática, que permite cumplimentar la solicitud de becas universitaria para el curso 2011-2012, y a fin de garantizar a los interesados la efectiva presentación de las mismas, resulta procedente la reactivación de dicha aplicación informática durante el tiempo en que no fue accesible a los interesados. Como consecuencia de lo anterior, y a efectos de presentación de la documentación, tal y como señalan las bases de la convocatoria, se hace necesario, asimismo, el abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Por todo ello, y en virtud de la potestad administrativa que le otorga el artículo 29.1, apartado e), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en los artículos 4 y 5 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1.8.06), que continúa vigente en tanto no se derogue expresamente, en concordancia con la previsión contenida en la Disposición Transitoria Primera del Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejería del Gobierno de Canarias (BOC nº 138, de 14.7.11), que dispone que en tanto no se aprueben los Reglamentos Orgánicos de los actuales Departamentos de la Comunidad Autónoma de Canarias, conservarán su vigencia las normas orgánicas que determinan las estructura y funciones de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, siempre que sus normas no se opongan o resulten incompatibles con lo previsto en dicho Decreto, y conforme al Decreto 88/2011, de 8 de julio, del Presidente, de nombramiento como Consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad (BOC nº 135, de 11.7.11), a propuesta del Director General de Universidades,

R E S U E L V E:

Único.- Fijar un nuevo plazo de presentación de solicitudes de becas universitarias de dos días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que deja expedita la vía contencioso-administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, sin perjuicio de cualquier otro que se considere oportuno interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de diciembre de 2011.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDAD Y SOSTENIBILIDAD,

José Miguel Pérez García.

© Gobierno de Canarias