Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 005. Lunes 9 de Enero de 2012 - 113

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

113 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 28 de diciembre de 2011, del Director, por la que se prorroga la vigencia del Censo de Auditores aprobado por Resolución de 18 de diciembre de 2009, que aprueba las bases de la convocatoria para la creación de un censo de auditores que realicen la justificación de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y verificaciones previstas en la normativa comunitaria (BOC nº 255, de 31.12.09).

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 12 Kb.
BOC-A-2012-005-113. Firma electrónica-Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de 18 de diciembre de 2009, del Director, se aprobaron las bases de la convocatoria para la creación de un censo de auditores para la realización de la justificación de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y verificaciones previstas en la normativa comunitaria (BOC nº 255, de 31.12.09).

Segundo.- El resuelvo 2 de la Resolución citada expresa que el censo de auditores tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2011, desde la fecha de publicación de la Resolución por la que se apruebe definitivamente la relación de sus integrantes.

Tercero.- Ante la imposibilidad de proceder a la publicación antes de la fecha citada, dados los plazos necesarios que se han de cumplir para la tramitación del expediente para la publicación de la nueva Resolución que ha de establecer las bases que ha de regir la creación de un nuevo censo de auditores que realicen la justificación de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y verificaciones previstas en la normativa comunitaria, se precisa prorrogar la Resolución de 18 de diciembre de 2009, del Director, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la creación de un censo de auditores que realicen la justificación de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y verificaciones previstas en la normativa comunitaria (BOC nº 255, de 31.12.09).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Director del Servicio Canario de Empleo tiene atribuida la competencia para resolver el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2.a) de la Ley 12/2003, de 4 de abril (BOC nº 80, de 28.4.03), modificado por la Ley 3/2011, de 18 de febrero, de modificación de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo y de Regulación del Sistema de Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 44, de 2.3.11).

En su virtud, esta Dirección

R E S U E L V E:

Primero.- Prorrogar la vigencia del censo de auditores previsto en el resuelvo 2 de la Resolución de 18 de diciembre de 2009, del Director, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la creación de un censo de auditores que realicen la justificación de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y verificaciones previstas en la normativa comunitaria (BOC nº 255, de 31.12.09).

Segundo.- Prorrogar la Resolución de 18 de diciembre de 2009, del Director, por la que se regula el contenido y alcance del informe de auditoría a realizar en el seno de la justificación económica de los programas gestionados por el Servicio Canario de Empleo y cofinanciados por el Fondo Social Europeo en materia de formación y empleo (BOC nº 255, de 31.12.09).

Tercero.- La prórroga de ambas Resoluciones se entenderá realizada hasta la publicación de las bases de la convocatoria para la creación de un nuevo censo de auditores que realicen la justificación de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y verificaciones previstas en la normativa comunitaria, así como la que regule el nuevo contenido y alcance del informe de auditoría a realizar en el seno de la justificación económica de los programas gestionados por el Servicio Canario de Empleo y cofinanciados por el Fondo Social Europeo, previéndose que su publicación sea realizada en el primer trimestre del año.

Cuarto.- Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de diciembre de 2011.- El Director, Manuel León Ortega.

© Gobierno de Canarias