Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 003. Miércoles 4 de Enero de 2012 - 81

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

81 Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 19 de diciembre de 2011, del Director, relativo a notificación de la Resolución por la que se deniega a Dña. María Jesús Grande Merino la subvención para establecimiento como trabajador autónomo, solicitada en el marco del programa de promoción del empleo autónomo.- Expte. 11-38/05621.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 12 Kb.
BOC-A-2012-003-81. Firma electrónica-Descargar

Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de la Resolución citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Dña. María Jesús Grande Merino, de la Resolución de fecha 12 de septiembre de 2011, nº 11/10042, por la que se deniega la subvención para establecimiento como trabajador autónomo solicitada, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Resolución del Director por la que se deniega a María Jesús Grande Merino, la subvención solicitada en el marco del programa de promoción del empleo autónomo.

Visto el expediente de referencia, en aplicación de la normativa vigente, resultan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Al amparo de lo dispuesto en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo (BOE nº 136, de 7.6.07), María Jesús Grande Merino, con N.I.F./N.I.E. 09742924D, presenta escrito de fecha 3 de agosto de 2011 y registro de entrada nº 835751, por el que solicita le sea concedida una subvención por el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia, por importe de siete mil (7.000,00) euros.

Segundo.- Revisada la documentación obrante en el expediente se comprueba que no figuraba inscrita como demandante de empleo en el Servicio Canario de Empleo cuando se estableció como trabajador autónomo o por cuenta propia, toda vez que según los datos obrantes, figura inscrita hasta el 12 de enero de 2011 (habiendo causado baja por no renovación de la demanda de empleo), estableciéndose como Autónomo o por cuenta propia, según consulta realizada al sistema de información laboral de la Seguridad Social, con fecha de inicio de la actividad de 1 de febrero de 2011.

A los citados hechos, les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Director del Servicio Canario de Empleo es competente para resolver el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo.

Segundo.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden TAS/1622/2007, citada, para ser beneficiario de la subvención solicitada se exige que la persona que solicita la subvención sea desempleada e inscrita como demandante de empleo en los Servicios Públicos de Empleo, cuando se establezca como trabajador autónomo o por cuenta propia. Sin embargo, la solicitante "no figura inscrita desde el 12 de enero de 2011, y que supone incumplimiento de la normativa antes descrita". Por tanto, queda acreditado que María Jesús Grande Merino, con N.I.F./N.I.E. 09742924D, no reúne los requisitos exigidos para ser beneficiaria de la subvención solicitada.

R E S U E L V O:

Primero.- Denegar a María Jesús Grande Merino, con N.I.F./N.I.E. 09742924D, la subvención solicitada en el expediente arriba referenciado, por los motivos expuestos.

Segundo.- Notificar la presente Resolución al interesado en el expediente, con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Consejera de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente."

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de diciembre de 2011.- El Director, Manuel León Ortega.

© Gobierno de Canarias