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BOC Nº 003. Miércoles 4 de Enero de 2012 - 71

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda

71 Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio de 19 de diciembre de 2011, de la Secretaria, por el que se hace pública la Resolución de desistimiento de 17 de octubre de 2011, recaída en el expediente 35-HJ-0169/10 a instancia de D. Argemiro Vélez Castro, por imposible notificación.

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BOC-A-2012-003-71. Firma electrónica-Descargar

No habiéndose podido notificar a D. Argemiro Vélez Castro Resolución de desistimiento de fecha 17 de octubre de 2011, tramitado con número de expediente 35-HJ-0169/10, de conformidad con lo establecido en el artº. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), por medio del presente anuncio se hace público el citado trámite, cuya parte dispositiva establece lo siguiente:

ANUNCIO

"Considerar desistida la solicitud de subvención presentada por Argemiro Vélez Castro, con N.I.F. 45618998Q, para la adquisición o autoconstrucción de viviendas no sometidas a ningún régimen de protección pública financiada mediante la hipoteca joven, cuyos datos aparecen reflejados en la presente Resolución y, en consecuencia, declarar concluso el procedimiento con archivo de las actuaciones practicadas, al no haber subsanado el interesado las deficiencias apreciadas en su solicitud dentro del plazo legal conferido, con advertencia expresa de tenerle por desistido de no atender el requerimiento.

Este acto agota la vía administrativa. Contra el mismo cabe deducir recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente a la sede de este organismo, Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su notificación, o recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda, en el plazo de de un mes, desde el siguiente a la mencionada notificación, según establecen los artículos 110, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse."

Contra el presente acto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de las alegaciones de oposición al mismo que pudieran presentarse para su consideración contra la resolución que ponga fin al procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de diciembre de 2011.- La Secretaria, Pilar Herrera Rodríguez.

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