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BOC Nº 001. Lunes 2 de Enero de 2012 - 5

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

5 Instituto Canario de Investigaciones Agrarias.- Resolución de 21 de diciembre de 2011, de la Presidencia, por la que se anuncia convocatoria para la selección de un Titulado Superior (Ingeniero Agrónomo) y un Analista de Campo para su contratación laboral temporal.

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Vista la necesidad del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias (ICIA) de realizar los trabajos relacionados con el Proyecto MAC/I/197 "Rescate, caracterización agronómica y optimización del potencial agronómico de variedades autóctonas de vid en Canarias, Madeira y Cabo Verde (acrónimo VITIS)", financiado por el Gobierno de Canarias con contribución de fondos FEDER y el Cabildo Insular de la isla de Tenerife, dentro del proyecto de Inversión 11600014 "Proyecto VITIS (PCT-MAC)", con cargo a la partida presupuestaria 47.01.467A.640.20 de los Presupuestos del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias para el ejercicio 2011.

Conforme a los informes favorables de las Direcciones Generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública, emitidos según lo previsto en el artº. 49 de la Ley 11/2010, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2011, vistos los demás informes preceptivos. En uso de las atribuciones conferidas por el artº. 7 de la Ley 4/1995, de 27 de marzo, de Creación del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias y del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar procedimiento selectivo para la contratación de 1 Titulado Superior (Ingeniero Agrónomo) y 1 Analista de Campo, descritos en el anexo II mediante contratación temporal en régimen de Derecho Laboral, a través del sistema de concurso-oposición.

Segundo.- Al contrato laboral temporal que se celebre con las personas que resulten seleccionadas y a la situación jurídica originada por los mismos, incluido el período de prueba, le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el III Convenio Único del Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y demás disposiciones legales y reglamentarias en esta materia.

Los contratos laborales se formalizarán al amparo de lo previsto en el artº. 2 del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, que regula los contratos de trabajo para obra o servicio determinados, conforme a los procedimientos de selección y de provisión establecidos en el Convenio Único del Personal Laboral al servicio de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- Las personas que se contraten quedarán sometidas a los períodos de prueba previstos en el artº. 14 del Convenio Colectivo, siempre y cuando no hayan prestado servicios en la misma categoría en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en cuyo caso quedarán exentos del citado período de prueba (artº. 14, párrafo 3º del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo).

Cuarto.- El procedimiento selectivo se desarrollará de conformidad con las bases que figuran como anexo I a esta Resolución, que además contiene: anexo II "Plazas convocadas", anexo III "Instancia" y anexo IV "Temarios".

Quinto.- Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación, según establece el artº. 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y del artº. 16 de la Ley 4/1995, de 27 de marzo, de Creación del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

San Cristóbal de La Laguna, a 21 de diciembre de 2011.- El Presidente, p.s., el Director Científico del ICIA (Decreto 77/2002, de 17 de junio), Manuel Caballero Ruano.

A N E X O I

BASES

Primera.- Objeto.

Regular procedimiento selectivo para la contratación de 1 Titulado Superior (Ingeniero Agrónomo) y 1 Analista de Campo descritos en el anexo II, mediante contratación temporal en régimen de Derecho Laboral, a través del sistema de concurso-oposición.

Segunda.- Requisitos generales de los aspirantes.

Para poder participar en el concurso-oposición, los interesados deberán reunir los siguientes requisitos, con referencia al último día del plazo de presentación de instancias:

a) Tener nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artº. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a la contratación objeto de estas bases.

Las previsiones del párrafo anterior serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

El acceso a la contratación objeto de estas bases se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en este apartado.

Los extranjeros a los que se refieren los apartados anteriores, así como los extranjeros con residencia legal en España, podrán acceder a la contratación objeto de estas bases, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles.

b) Haber cumplido la edad de 16 años. En el caso de los menores de edad, necesitarán autorización de sus padres o tutores, si no están emancipados del domicilio familiar.

c) Estar en posesión de la titulación académica, que se especifica en el anexo II de la Resolución.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las que desempeñaban, en el que hubiese sido despedido o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán en el momento de presentación de la solicitud para participar en el concurso-oposición de la forma que se indica a continuación, y deberán poseerse el día de expiración del plazo de presentación de solicitudes.

a) y b) Fotocopia compulsada del D.N.I. o pasaporte en vigor. En el caso de los menores de edad, además han de presentar autorización de sus padres o tutores o documento de emancipación del domicilio familiar.

La tarjeta de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por residir en España en régimen de estancia, deberán presentar fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar fotocopia compulsada del pasaporte, del visado, y en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haber solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea, con el que exista este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Los aspirantes a los que se refiere el último párrafo de la base segunda, a), deberán presentar fotocopia compulsada del pasaporte en vigor, así como fotocopia compulsada del correspondiente permiso de residencia.

c) Documento original o fotocopia compulsada de la titulación académica, que se especifica en el anexo II de este Resolución.

d) y e) Declaración responsable del interesado.

Tercera.- Aspirantes con discapacidad.

1. Los aspirantes afectados por discapacidad serán admitidos en igual de condiciones con los demás aspirantes, sin que puedan ser excluidos por estas causas, siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

2. Los aspirantes con discapacidad tendrán que acompañar a la solicitud de participación, declaración expresa relativa al tipo de discapacidad que padecen, el grado de discapacidad, su capacidad funcional para el ejercicio de las funciones y tareas correspondientes al Cuerpo y Escala objeto de la convocatoria, así como si necesitan adaptaciones para la realización del ejercicio, según lo dispuesto en el artº. 10.1 del Decreto 8/2011, de 27 de enero, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público.

3. Los aspirantes con discapacidad, en el caso de solicitar adaptación para la realización del ejercicio, deberán aportar, junto a la solicitud de participación, informe sobre la necesidad de la adaptación solicitada, así como Resolución o Certificado sobre la capacidad funcional para el ejercicio de las funciones y tareas correspondientes al Cuerpo y Escala objeto de esa convocatoria.

La adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en aquellos casos en los que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar y siempre que tal adaptación no desvirtúe el sentido de la misma, ello de conformidad con lo previsto en el artº. 11 del Decreto 8/2011, de 27 de enero, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tanto el informe sobre la necesidad de adaptación, como la Resolución o el Certificado sobre la capacidad funcional deberán ser emitidos por el equipo multidisciplinar, o el órgano competente en la materia de las distintas Administraciones Públicas.

De no ser posible la presentación del informe sobre la necesidad de adaptación y la Resolución o Certificado sobre la capacidad funcional dentro del plazo de presentación de solicitudes, se deberá aportar al menos el justificante de haberlos solicitado.

En este caso los aspirantes tendrán que aportar dicha documentación dentro del plazo de subsanación de errores a que se refiere la base quinta.

4. El grado y tipo de discapacidad deberá poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión. Los aspirantes deberán comunicar a la Dirección General de la Función Pública cualquier modificación que se produzca en su grado o en el tipo de discapacidad durante su desarrollo.

Cuarta.- Presentación de solicitudes.

Quienes deseen participar en las pruebas selectivas deberán presentar instancia según modelo que se inserta como anexo III, acompañada de la documentación acreditativa de reunir los requisitos a que se refiere la base segunda de esta Resolución.

El plazo de presentación de solicitudes es de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución por la que se convocan las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de Canarias.

La presentación ha de realizarse en el Registro del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, sito en Carretera El Boquerón, s/n, Valle Guerra (La Laguna), o según lo previsto en el artº. 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio (BOC nº 102, de 19.8.94).

Quinta.- Lista de admitidos y excluidos.

Dentro de los tres días hábiles siguientes al de terminación del plazo de presentación de instancias, se publicará en el tablón de anuncios y en la página Web del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias, la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de errores, conforme a lo dispuesto en el artº. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dentro de los tres días hábiles siguientes a este último plazo, se publicará en el tablón de anuncios y en la página Web señalados anteriormente, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, indicándose el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, debiendo los aspirantes admitidos acudir provistos de su D.N.I. o pasaporte en vigor.

Sexta.- Sistema selectivo. La selección se realizará mediante concurso-oposición:

* La fase de oposición en la que el orden de actuación comenzará por la letra U, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 24 de enero de 2011 (BOE nº 23, de 27.1.11), constará de dos ejercicios: primero una prueba teórica que será la realización de un test de 20 preguntas que se calificará hasta un máximo de 6 puntos de la siguiente forma: 0,3 puntos por respuesta correcta, 0 puntos por pregunta no contestada y -0,3 por respuesta incorrecta, siendo necesario para superarla la obtención de un mínimo de 3 puntos, y segundo una prueba práctica que se valorará hasta un máximo de 4 puntos, siendo necesario para superarla un mínimo de 2 puntos. Ambas pruebas se realizarán sobre el programa que se especifica en el anexo IV de la Resolución, por la que se convocan las pruebas selectivas. El total de la fase de oposición será la suma de ambos ejercicios, siendo necesario para superarlo la obtención de un mínimo de 5 puntos.

* En la fase de concurso, a los aspirantes que superen la fase de oposición les serán valorados, con un máximo de 4 puntos, los méritos que se indican a continuación y que se ostenten a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias para la participación en la presente convocatoria. A tal fin, deberán aportar documentos originales o fotocopias compulsadas justificativos de dichos méritos, en el plazo de los tres días siguientes al de la publicación, en el tablón de anuncios del ICIA, de la lista de aspirantes que superen la fase de oposición:

Baremo de méritos:

Titulado Superior (Ingeniero Agrónomo)

1. Por titulación de Doctor en materias relacionadas con las tareas del proyecto, 1 punto.

2. Experiencia profesional en consecución y dirección de Proyectos de I+D+I, participación en equipos investigadores y puesta en marcha de infraestructura para el desarrollo de proyectos, en materias relacionadas con las tareas del proyecto, hasta un máximo de 1,5 puntos, con los siguientes criterios de valoración:

- Por cada proyecto dirigido 0,1 punto para los desarrollados por un único Centro y 0,3 puntos si se trata de proyectos coordinados (liberando equipos investigadores de varios centros).

- Por cada proyecto en que haya participado, 0,05 puntos, y 0,1 punto en el caso de proyectos coordinados.

- Por desarrollo y puesta en marcha de infraestructura para el desarrollo de proyectos, hasta un máximo de 0,4 puntos.

3. Publicaciones científico-técnicas y actividades de divulgación o innovación, en materias relacionadas a las del puesto de trabajo, hasta un máximo de 1,5 puntos con los siguientes criterios de valoración:

- Publicaciones incluidas en compendios referenciales de prestigio (CAB Abstracts, Current Contents o similares): por cada libro, 0,2 puntos, por cada capítulo de libro, 0,1 punto, por cada artículo, 0,1 punto.

- Por cada participación en Congresos, Simposios, etc., 0,05 puntos.

- Por actividades de divulgación, formación especializada o introducción de innovación dentro del ámbito de su especialidad, hasta un máximo de 0,2 puntos.

Analista de Campo

1. Cursos relacionados con las funciones del puesto, hasta un máximo de 1,5 puntos, con los siguientes criterios de valoración: Cursos impartidos por centros oficiales u homologados: 0,05 puntos por cada curso de menos de 10 horas lectivas, 0,5 puntos por cada curso de 10 o más horas lectivas y menos de 50 horas lectivas, 0,5 puntos por cada curso de 50 o más horas lectivas.

2. Experiencia profesional relacionada en la realización de tareas similares a las del puesto de trabajo: 0,1 punto por cada mes, hasta un máximo de 2,5 puntos.

La puntuación final del concurso-oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases.

El Tribunal elevará al órgano competente propuesta de contratación de los aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido, a efectos de su publicación y aprobación.

En caso de empate se resolverá mediante la sucesiva aplicación de los siguientes criterios:

1. La puntuación obtenida en la fase de oposición.

2. Si continúa el empate se tendrá en cuenta la puntuación otorgada en la fase de concurso, en el apartado experiencia profesional.

3. Si aún persistiera el empate se tendrá en cuenta la puntuación otorgada en la fase de oposición al ejercicio práctico.

Séptima.- Tribunal Calificador.

Titulado Superior (Ingeniero Agrónomo)

Presidente

Titular: D. Manuel Caballero Ruano. Director Científico. Grupo A1.

Suplente: D. Víctor Galán Sauco. Coordinador de Programas. Grupo A1.

Vocal Secretario

Titular: D. Pedro Modesto Hernández Delgado. Investigador Principal. Grupo A1.

Suplente: D. Alfredo Reyes Betancort. Colaborador Científico. Grupo A1.

Vocal

Titular: Dña. Inmaculada Rodríguez Torres. Titulado Superior. Grupo I.

Suplente: Dña. María del Carmen Jaizme Vega. Coordinador de Programas. Grupo A1.

Vocal

Titular: Dña. María Carmen Cid Ballarín. Coordinador de Programas. Grupo A1.

Suplente: D. Carlos Regalado Regalado. Colaborador Científico. Grupo A1.

Vocal

Titular: D. Antonio Díaz de la Rosa, Técnico Principal. Grupo A1.

Suplente: Dña. Cristina Rodríguez Pastor. Investigador Principal. Grupo A1.

Analista de Campo

Presidente

Titular: D. Manuel Caballero Ruano. Director Científico. Grupo A1.

Suplente: D. Víctor Galán Sauco. Coordinador de Programas. Grupo A1.

Vocal Secretario

Titular: D. Pedro Modesto Hernández Delgado. Investigador Principal. Grupo A1.

Suplente: Dña. Cristina Rodríguez Pastor. Investigador Principal. Grupo A1.

Vocal

Titular: Dña. Inmaculada Rodríguez Torres. Titulado Superior. Grupo I.

Suplente: Dña. María del Carmen Jaizme Vega. Coordinador de Programas. Grupo A1.

Vocal

Titular: D. Ángel Acosta González, Encargado Agrario. Grupo III.

Suplente: Dña. Aída María Rodríguez Martín, Analista de Campo. Grupo III.

Vocal

Titular: D. Bartolomé Díaz Hernández, Analista de Campo. Grupo III.

Suplente: D. Norberto Rodríguez Hernández, Analista de Campo. Grupo III.

El Tribunal podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros, de los que uno ha de ser el Presidente y otro el Secretario, debiendo adoptar sus acuerdos por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando estén incursos en alguno de los supuestos del artº. 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Los miembros del Tribunal recibirán las indemnizaciones o dietas que les correspondan conforme a la normativa aplicable a la fecha en que se genere tal derecho, fijándose el importe máximo de asistencias 5 para cada prueba.

Octava.- Actas del Tribunal.

Por el Secretario del Tribunal se levantarán las correspondientes actas, que firmarán todos los miembros del mismo, y hará constar los aspirantes presentados, las calificaciones otorgadas, las incidencias que a juicio del Tribunal deban reflejarse en el acta, y la propuesta de contratación de los aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido, que se elevará al órgano competente.

Novena.- Publicidad de la Propuesta de contratación.

La propuesta de contratación y la constitución de una lista de reserva para cada categoría profesional, por orden de puntuación de mayor a menor, resolviendo los empates según los criterios establecidos en la base sexta, aprobada para posibles renuncias de los candidatos propuestos para estas contrataciones, o al contrato suscrito con posterioridad para completar el período de tiempo que resta de contrato, se publicará en el tablón de anuncios y en la página Web del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias y servirá de emplazamiento al personal seleccionado y que deberá presentarse con la documentación que en ella se señale en el plazo de 5 días hábiles. Quedará decaído en su derecho el aspirante que no presentase toda la documentación exigida en el plazo indicado, efectuándose entonces el llamamiento por orden de puntuación al siguiente de la lista constituida.

Presentada de conformidad toda la documentación, se suscribirán los contratos de trabajo de carácter temporal procedentes, por el órgano competente y previas las formalidades administrativas legalmente previstas.

A N E X O I I

PLAZAS CONVOCADAS

1º TITULADO SUPERIOR (INGENIERO AGRÓNOMO (Grupo I)

TITULACIÓN EXIGIDA: Título de Ingeniero Agrónomo.

FUNCIONES: las propias de su categoría profesional dentro del marco del Proyecto de Investigación MAC/I/C197 "Rescate, caracterización agronómica y optimización del potencial agronómico de variedades autóctonas de vid en Canarias, Madeira y Cabo Verde (acrónimo VITIS)", concretamente trabajos de apoyo a la ejecución de distintas actividades programadas: caracterización agronómica y enológica, análisis de datos y elaboración de informes.

LOCALIZACIÓN: La Laguna.

DURACIÓN: 8 meses y medio, si el contrato se iniciara faltando menos de 8 meses y medio a 31 de diciembre de 2012, el mismo se suscribirá desde el día de inicio hasta el 31 de diciembre de 2012.

2º ANALISTA DE CAMPO (Grupo III)

TITULACIÓN EXIGIDA: Bachiller Superior, Formación Profesional de 2º Grado o Equivalente.

FUNCIONES: las propias de su categoría profesional dentro del marco del Proyecto de Investigación MAC/I/C197 "Rescate, caracterización agronómica y optimización del potencial agronómico de variedades autóctonas de vid en Canarias, Madeira y Cabo Verde (acrónimo VITIS)", concretamente trabajos de apoyo a la ejecución de distintas actividades dentro del proyecto: toma de datos agronómicos, manejo del viñedo (podas, deshojados, despuntes ...) y control de enfermedades.

LOCALIZACIÓN: La Laguna.

DURACIÓN: 8 meses y medio, si el contrato se iniciara faltando menos de 8 meses y medio a 31 de diciembre de 2012, el mismo se suscribirá desde el día de inicio hasta el 31 de diciembre de 2012.

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A N E X O I V

TEMARIO TITULADO SUPERIOR,

INGENIERO AGRÓNOMO

ESPECIALIDAD VITICULTURA

1.- El cultivo de la vid.

2.- La viticultura en España.

3.- Biología de la vid.

4.- Fisiología de la vid.

5.- Principales variedades de vid cultivadas en España.

6.- Caracterización de la vid.

7.- El clima y el suelo de la vid.

8.- Principales enfermedades de la vid.

9.- Principales plagas de la vid.

10.- Los virus que atacan a la vid.

11.- Los HPD.

12.- Los portainjertos.

13.- Multiplicación de la vid.

14.- Los injertos.

15.- Sistemas de conducción del viñedo.

16.- Establecimiento del viñedo.

17.- Principios de poda.

18.- Manejo del suelo.

19.- El riego del viñedo.

20.- La fertilización del viñedo.

TEMARIO ANALISTA DE CAMPO

ESPECIALIDAD VITICULTURA

1.- Suelos. Toma de muestras para análisis físicos y químicos. Cálculo de enmiendas. Fórmulas de abonado.

2.- Riegos. Componentes de una instalación de riego a presión. Manejo de instalaciones de riego.

3.- Riegos.- Técnicas de fertirrigación. Principales abonos. Toma de muestras para análisis foliar.

4.- Instalaciones Agrícolas. Invernaderos: características y materiales utilizados en su construcción. Montaje, manejo y control de la atmósfera del invernadero (luminosidad, humedad, temperatura).

5.- El tractor. Características, manejo y mantenimiento. Otras maquinarias agrícolas.

6.- Técnicas de propagación de los vegetales. Semilleros, viveros, injerto, acodos, propagación in Vitro.

7.- Fitopatología. Principales enemigos de las plantas cultivadas: insectos, ácaros, hongos, bacterias, virus y otros.

8.- Principales plagas y enfermedades de los cultivos en Canarias: platanera, tomate, pimiento, papas, aguacate, mangos, papaya, viña, rosa, crisantemos, clavel.

9.- Métodos de control de plagas y enfermedades de los cultivos en Canarias. Lucha química. Lucha biológica. Lucha integrada.

10.- Horticultura. Cultivo del tomate y del pimiento. Importancia económica. Descripción botánica. Variedades. Exigencia en clima y suelo. Labores de cultivo. Recolección y conservación.

11.- Ornamentales. Cultivo de la rosa, clavel y crisantemo. Importancia económica. Descripción botánica. Variedades. Exigencias en clima y suelo. Labores de cultivo. Recolección y conservación.

12.- Producción de plantas en macetas. Plantas leñosas con flores. Plantas herbáceas con flores. Plantas de hojas decorativas. Plantas bulbosas.

13.- Aguacate, mango y papaya. Importancia económica. Descripción botánica. Variedades. Exigencias en clima y suelo. Labores de cultivo. Recolección y conservación.

14.- Agrios y frutales templados. Importancia económica. Descripción botánica. Variedades. Exigencias en clima y suelo. Labores de cultivo. Recolección y conservación.

15.- La viña. Importancia económica. Descripción botánica. Variedades. Exigencias en clima y suelo. Labores de cultivo. Recolección y conservación. Prácticas generales de vinificación.

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