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BOC Nº 241. Viernes 9 de Diciembre de 2011 - 6402

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria

6402 EDICTO de 4 de julio de 2011, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal nº 0001490/2010.

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BOC-A-2011-241-6402. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. Fernando Pérez Polo, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de abril de 2011, D. Juan Avello Formoso Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Dos de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los autos de Juicio Verbal seguidos ante el mismo bajo el número de registro 1490/2010 que en reclamación de cantidad promovió Comunidad de Propietarios Domingo J. Navarro nº 8, que compareció en los autos representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Esteva Navarro, que actuó bajo la dirección letrada del Sr. Pirez Janariz, contra Dña. Isabel Díez Burgos, declarada en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando como estimo la demanda presentada Comunidad de Propietarios Domingo J. Navarro nº 8 contra Dña. Isabel Díez Burgos debo condenar y condeno al demandado al pago de 2.861,25 euros al actor, más los intereses correspondientes, todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación para la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Se hace pública la anterior sentencia de conformidad con el artº. 204.3 de la LEC. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Isabel Díez Burgos, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de julio de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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