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BOC-A-2011-241-6388.
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Visto que el artículo 6 del Decreto 220/2000, de 4 de diciembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, los sistemas de evaluación de la calidad y los premios anuales a la calidad del servicio público y mejores prácticas en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que tales Cartas sean aprobadas por resolución del Secretario General Técnico.
Resultando que con fecha 7 de octubre de 2011 se emite informe favorable de la Inspección General de Servicios, a tenor de lo dispuesto en el artículo 6.1 del citado Decreto 220/2000, de 4 de diciembre.
Vista la legislación aplicable constituida a tal efecto por el citado Decreto 220/2000, de 4 de diciembre; la Resolución de 25 de mayo de 2010, de la Inspección General de Servicios, por la que se determina el modelo que ha de seguir el diseño de los trípticos de las Cartas de Servicios, así como las demás disposiciones concordantes y de general y pertinente aplicación, vengo a dictar la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero.- Aprobar la actualización de la Carta de Servicios correspondiente a la Dirección General de Industria.
Segundo.- Ordenar la publicación de esta Resolución y del contenido de la Carta de Servicios aprobada en el Boletín Oficial de Canarias.
Tercero.- Remitir un ejemplar completo a la Inspección General de Servicios para su publicación en la página central del Gobierno, vía Internet, y para su debida constancia.
Cuarto.- Dejar sin efecto la Resolución de 23 de diciembre de 2004, por la que se autoriza la Carta de Servicios de la Dirección General de Industria y Energía.
Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de noviembre de 2011.- La Secretaria General Técnica, Cándida Hernández Pérez.
A. Datos identificativos del órgano u organismo prestador del servicio.
Denominación:
Dirección General de Industria.
Consejería:
Consejería de Empleo, Industria y Comercio.
Dirección:
* Las Palmas de Gran Canaria: calle León y Castillo, 200, Edificio de Servicios Múltiples III, 2ª planta, 35071-Las Palmas de Gran Canaria. Teléfono: (928) 899400. Fax: (928) 306787.
* Santa Cruz de Tenerife: Avenida de Anaga, 35, Edificio de Servicios Múltiples I, 7ª planta, 38071-Santa Cruz de Tenerife. Teléfonos (922) 475000. Fax: (922) 475354.
* Lanzarote: calle José Antonio, 108, Edificio Guenia, local 82, 35500-Arrecife.
* Fuerteventura: calle San Roque, 23, 2ª planta, Oficina 2I, Edificio Centro, 2ª planta, 35600-Puerto del Rosario.
* La Palma: Avenida de Venezuela, 1 (Antigua fábrica de tabaco), 38750-El Paso.
Horarios (lunes a viernes):
* Invierno: de 9,00 a 14,00 horas (octubre-junio).
* Verano: de 9,00 a 13,00 (julio-septiembre).
Correo Electrónico:
indweb.ceic@gobiernodecanarias.org.
Página web:
https://www.gobiernodecanarias.org/industria/.
Funciones y fines de la organización referidos a los ciudadanos.
A la Dirección General de Industria, como órgano superior de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, le corresponden las funciones de dirección, coordinación, estudio, así como la prestación de servicios y subvenciones en las materias de desarrollo y fomento industrial, seguridad industrial, propiedad industrial, establecimientos industriales, minas, artesanía, automóviles y control metrológico.
B. Servicios que se ofrecen al ciudadano.
1. Información mediante atención presencial, telefónica y telemática sobre los servicios prestados por la Dirección General.
2. Gestión de consultas, ayuda y asesoramiento tanto presencial, en las oficinas de la Consejería, como telefónica, relativas a trámites y servicios específicos de la Dirección General.
3. Inicio telemático de los procedimientos:
* Puesta en funcionamiento de instalaciones térmicas en edificios.
* Puesta en funcionamiento de instalaciones interiores de suministro y de evacuación de aguas.
* Inscripción en el Registro de Empresas de Servicios.
4. Comunicaciones previas de puesta en servicio, control y revisión del cumplimiento de las condiciones de seguridad de instalaciones industriales liberalizadas.
5. Inscripción en los registros administrativos:
* Registro Integrado Industrial.
* Registros de Control Metrológico.
* Registro de profesionales habilitados en el ámbito de la seguridad industrial.
* Registro de actividades laborales con exposición a la radiación natural.
* Registro de entidades de formación en el ámbito de la seguridad industrial.
* Registro de instalaciones de radiodiagnóstico.
* Registro de Artesanía de Canarias de las asociaciones profesionales de artesanos.
6. Autorización, control y revisión del cumplimiento de las condiciones de seguridad de establecimientos y actividades industriales no liberalizadas.
7. Autorizaciones de instalaciones radiactivas; y autorización de las empresas de venta y asistencia técnica de equipos de radiodiagnóstico.
8. Designación de Organismos Autorizados de Verificación Metrológica, Organismos Notificados y Organismos de Control Metrológico para instrumentos de medida sujetos al control metrológico del Estado.
9. Autorizaciones de centros técnicos y talleres de instalación y revisión de tacógrafos digitales y analógicos de automóviles.
10. Autorización de proyectos de exploración, investigación y explotación para el aprovechamiento de recursos mineros.
11. Autorizaciones para campaña de publicidad de la marca "Artesanía Canaria".
12. Información y orientación en trámites relacionados con la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).
13. Gestión de las reclamaciones recibidas tanto en las unidades de registro como de forma telemática, relativas a las materias competencia de la Dirección General.
C. Nuestros compromisos.
1. Proporcionar la información adecuada a las necesidades de los usuarios de forma personalizada y precisa, a través de los siguientes canales habilitados a tal efecto:
* Presencial: inmediato, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00.
* Telefónico: inmediato, excepto por saturación de líneas o que requieran una actuación posterior, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00.
* Telemático: en un plazo máximo de 72 horas.
2. Proporcionar asesoramiento y atender las consultas realizadas por los usuarios de manera profesional y cortés, manteniendo el porcentaje de satisfacción en la atención al usuario por las Oficinas de Información y Atención por encima del 80%.
3. Diligencia inmediata del certificado de instalación de las instalaciones industriales liberalizadas sujetas a comunicación previa, tras el cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa.
4. Efectuar la inscripción en los registros administrativos, tras el cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa, en los siguientes plazos máximos:
* Registro Integrado Industrial: plazo máximo de 1 mes.
* Registros de Control Metrológico: plazo máximo de 1 mes.
* Registro de profesionales habilitados en el ámbito de la seguridad industrial: plazo máximo de 1 mes.
* Registro de actividades laborales con exposición a la radiación natural: plazo máximo de 1 mes.
* Registro de entidades de formación en el ámbito de la seguridad industrial: plazo máximo de 1 mes.
* Registro de instalaciones de radiodiagnóstico: plazo máximo de 1 mes.
* Registro de Artesanía de Canarias de las asociaciones profesionales de artesanos: plazo máximo de 1 mes.
5. Puesta en servicio de establecimientos industriales no liberalizados sujetas a autorización administrativa en el plazo máximo de 1 mes, tras el cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa.
6. Autorizar las instalaciones radiactivas en el plazo máximo que se indica a continuación, tras el cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa:
* Instalaciones con fines científicos, médicos, agrícolas, comerciales o industriales: 6 meses.
* Empresas de venta y asistencia técnica de equipos de radiodiagnóstico: 3 meses.
7. Designar los Organismos Autorizados para instrumentos de medida sujetos al control metrológico del Estado, en el plazo máximo de 3 meses tras el cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa.
8. Autorizar los centros técnicos y talleres de instalación y revisión de tacógrafos digitales y analógicos de automóviles en el plazo máximo de 3 meses, tras el cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa.
9. Autorizar los proyectos de exploración, investigación y explotación para el aprovechamiento de recursos mineros en el plazo máximo que se indica a continuación; tras el cumplimiento de los requisitos exigidos:
* Permisos de exploración de recursos mineros de las secciones C y D: 3 meses.
* Permisos de investigación y Concesiones de explotación de recursos mineros de las secciones C y D: 8 meses*.
* Autorizaciones de aprovechamiento de recursos mineros de la sección A: 6 meses*.
* Declaración de Aguas minerales y Termales y Autorizaciones de Aprovechamiento de recursos mineros de la sección B: 6 meses.
* Instalaciones mineras sin previa declaración de impacto ambiental; Planes de labores anuales, Proyectos de obras subterráneas, Proyectos de perforación y voladuras y resto de actividades sujetas al ámbito de aplicación de las Normas básicas de Seguridad Minera: 3 meses.
* Instalaciones mineras sujetas a previa declaración de impacto ambiental: 3 meses*.
(*Se excluye de estos plazos el correspondiente al trámite ambiental que proceda).
10. Emitir las autorizaciones para campaña de publicidad de la marca "Artesanía Canaria", en el plazo máximo de 1 mes.
D. Indicadores de la calidad de los servicios prestados.
1. % solicitudes de información efectuadas a través de los distintos canales habilitados y contestadas en el plazo establecido.
2. % usuarios satisfechos con la atención recibida y calidad de la información recibida, obtenido mediante encuestas de satisfacción realizadas entre los usuarios que han efectuado peticiones de asesoramiento y realizado consultas.
3. % de Comunicaciones previas de instalaciones industriales liberalizadas tramitadas de forma inmediata.
4. % solicitudes de Inscripción en los registros administrativos, tramitadas dentro del plazo establecido.
5. % solicitudes de Puesta en servicio de establecimientos industriales no liberalizados sujetas a autorización administrativa tramitadas dentro del plazo establecido.
6. % solicitudes de Autorizaciones de instalaciones radiactivas tramitadas dentro del plazo establecido.
7. % solicitudes de Designación de Organismos Autorizados tramitadas dentro del plazo establecido.
8. % solicitudes de Autorizaciones de centros técnicos y talleres de instalación y revisión de tacógrafos digitales y analógicos de automóviles tramitadas dentro del plazo establecido.
9. % solicitudes de Autorización de proyectos de exploración, investigación y explotación para el aprovechamiento de recursos mineros, tramitadas dentro del plazo establecido.
10. % solicitudes de autorizaciones para campaña de publicidad de la marca Artesanía Canaria tramitadas dentro del plazo establecido.
E. Necesitamos su opinión: sugerencias y reclamaciones.
La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias dispone de un sistema de evaluación global del conjunto de los servicios públicos. Parte del mismo se basa en el sistema de sugerencias y reclamaciones, mediante el cual los ciudadanos y organizaciones pueden evidenciar y proponer áreas de actuación con la finalidad de mejorar la organización y la calidad de los servicios públicos.
Puede acceder al sistema a través de los siguientes canales: presentación telemática https://www.gobcan.es/sugrec/solicitud.jsp, correo electrónico (sugrec.cpjs@gobiernodecanarias.org), escrito simple o a través del impreso que se encuentra a su disposición en todas las oficinas de registro y en las sedes de la Oficina Canaria de Información. También podrá acceder verbalmente a través del Servicio de Atención Telefónica del Gobierno de Canarias (012) o en las sedes de la Oficina Canaria de Información.
En un plazo máximo de tres meses usted recibirá una contestación a su sugerencia o reclamación. Si no es así, o considera que la contestación es insuficiente, diríjase a la Inspección General de Servicios.
La Inspección General de Servicios velará por el cumplimiento del procedimiento de tramitación de las sugerencias y reclamaciones, y localizará dónde se viene produciendo un funcionamiento incorrecto de los servicios públicos y actuará puntualmente o efectuará los estudios y propuestas necesarios para la subsanación de las deficiencias detectadas.
Solicite más información de este sistema en cualquier oficina de registro o información del Gobierno de Canarias: sus sugerencias y reclamaciones no nos molestan, son necesarias para saber dónde nos estamos equivocando.
Si es usted usuario de los servicios sanitarios, sus solicitudes y reclamaciones deberá dirigirlas a la Oficina de Defensa de los Derechos de los Usuarios Sanitarios (ODDUS), conforme a lo establecido en el Decreto 94/1999, de 25 de mayo (BOC nº 78, de 16.6.99), modificado por el Decreto 147/2001, de 9 de julio (BOC nº 88, de 18.7.01).
Sus reclamaciones y sugerencias relativas al funcionamiento e información de los servicios administrativos no sanitarios dentro del Sistema Canario de la Salud, se tramitarán conforme a lo previsto en el Reglamento del Sistema de Sugerencias y Reclamaciones en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias aprobado por el Decreto 161/2002, de 18 de noviembre.
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