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BOC-A-2011-237-6296.
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Vista la Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo nº 11/11861 de fecha 4 de noviembre de 2011 inserta en el Boletín Oficial de Canarias nº 225, de 15 de noviembre de 2011, por la que se conceden subvenciones dirigidas a "apoyar inversiones en activo fijo que resulten necesarias para la creación de cooperativas, sociedades laborales, empresas calificadas como I+E y empresas de inserción" que resuelve la convocatoria de subvenciones, de las previstas en la Resolución nº 11/0023, de 16 de marzo de 2011, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo, por la que se establece, en el marco del Plan Canarias Emplea, la convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2011 dirigidas a fomentar la creación y consolidación de empresas calificadas como I+E, de empresas de economía social y de empresas de inserción (BOC nº 65, de 30.3.11), modificada por la Resolución nº 11/0159, de 6 de julio de 2011 (BOC nº 144, de 22.7.11) y teniendo en cuenta que
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Advertidos errores de hecho material en la Resolución arriba referenciada, en el sentido que:
- En el resuelvo primero solamente se menciona la aplicación presupuestaria y el Proyecto de Inversión a través de las cuales se financia la subvención, pero no la cofinanciación en un 85% por el Fondo Social Europeo.
- El último párrafo de dicha Resolución coincide con el último párrafo de la Propuesta de Resolución Provisional adoptada con fecha 20 de octubre de 2011, es decir es del siguiente tenor literal: Notificar esta Resolución a los interesados mediante su publicación en los tablones de anuncios de las dependencias centrales del Servicio Canario de Empleo en Las Palmas de Gran Canaria y en Santa Cruz de Tenerife y en el tablón de anuncios de la página Web del Servicio Canario de Empleo, concediéndoles un plazo de 7 días (según acuerdo nº 11/0593 de la Subdirección de Promoción de la economía social de fecha 18.10.11) para que presenten la aceptación expresa de la subvención, conforme al modelo señalado anteriormente. En caso de que no se otorgue la aceptación dentro del referido plazo se entenderá que el interesado no acepta la subvención, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 del Decreto 36/2009 por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común [LRJ-PAC] (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), "Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".
Segundo.- Se ha producido en este caso un error material por parte de este organismo gestor, por cuanto tanto el resuelvo primero como el último párrafo de la Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo número nº 11/11861, de fecha 4 de noviembre de 2011 tal y como se señala en el antecedente de hecho de la presente Resolución, es incorrecto.
Tercero.- La competencia para dictar la presente Resolución corresponde al Director del Servicio Canario de Empleo a tenor de lo establecido en el artículo 9.2, letra c) de la Ley 3/2011, de 18 de febrero, de modificación de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo y de Regulación del Sistema de Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 44, de 2.3.11), en relación con lo establecido en el punto sexto de la Resolución de 18 de febrero de 2011 de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 45, de 3.3.11), por la que se establece la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales de Canarias para el año 2011.
Vistos los antecedentes mencionados, y demás de general aplicación,
R E S U E L V O:
Primero.- Proceder a la corrección de los errores mencionados en el antecedente de hecho de esta Resolución, quedando el resuelvo primero de la Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo nº 11/11861, de fecha 4 de noviembre de 2011 (BOC nº 225, de 14.11.11) de la siguiente forma:
Conceder las subvenciones dirigidas a "Apoyar inversiones en activo fijo que resulten necesarias para la creación de cooperativas, sociedades laborales, empresas calificadas como I+E y empresas de inserción" a las entidades relacionadas en el anexo I de la presente Resolución, con cargo a la aplicación presupuestaria Aplicación Presupuestaria 2011.50.01.241K.770.00, Proyecto de Inversión 08715001 "Subvenciones de capital para fomentar la creación de empresas de economía social", cofinanciadas en un 85% por el Fondo Social Europeo.
Segundo.- El último párrafo de la Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo nº 11/11861, de fecha 4 de noviembre de 2011, quedaría de la siguiente:
Notifíquese la presente Resolución al interesado con la indicación de que, contra ésta, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Industria y Comercio en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno interponer.
Tercero.- Se mantiene vigente en todos sus términos el resto del contenido de la Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo nº 11/00403, de fecha 17 de enero de 2011 (BOC nº 18, de 26.1.11), no afectado por la presente corrección.
Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de noviembre de 2011.- El Director, Manuel León Ortega.
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