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BOC Nº 233. Viernes 25 de Noviembre de 2011 - 6175

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad

6175 Academia Canaria de Seguridad.- Resolución de 17 de noviembre de 2011, del Director, por la que se delega en la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad la competencia para iniciar y tramitar el procedimiento de modificación de la relación de puestos de trabajo de este Organismo Autónomo.

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BOC-A-2011-233-6175. Firma electrónica-Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El Gobierno de Canarias, mediante Acuerdo de 10 de noviembre de 2011, autorizó a la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad a iniciar la tramitación, en un solo Proyecto de Decreto, de la modificación de las relaciones de puestos de trabajo de los distintos Departamentos y Organismos Autónomos en los términos señalados en el mismo.

Segundo.- Para realizar dicha tramitación, el citado Acuerdo prevé que los Departamentos y Organismos Autónomos afectados, antes del día 18 de noviembre de 2011, tomarán los acuerdos necesarios para delegar en la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad la competencia para iniciar y tramitar el procedimiento de modificación de la relación de puestos de trabajo.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- De conformidad con las competencias atribuidas por el artículo 29.1 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, corresponde a los Consejeros del Gobierno de Canarias iniciar los procedimientos de modificación de las relaciones de puestos de trabajo de sus respectivos Departamentos. Asimismo, el artículo 16 bis de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, dispone, en su apartado 1, que: "A iniciativa del departamento correspondiente, previo informe de las Direcciones Generales de la Función Pública y de Planificación, Presupuesto y Gasto Público, y a propuesta conjunta de los Consejeros de Presidencia y de Economía y Hacienda, compete al Gobierno la aprobación de las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo".

Segunda.- El artículo 31.3 de la citada Ley 14/1990, señala que el ejercicio de las competencias propias podrá ser delegado en el órgano que, por la aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo para ello. Y dada la situación actual, el órgano más adecuado para iniciar la tramitación, en un solo proyecto de Decreto, de las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo de los distintos Departamentos y Organismos Autónomos es la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad.

Tercera.- Por su parte, el apartado 1 del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece la posibilidad de que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas puedan delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes. Producida la delegación, esta deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias, según prevé el apartado 3 del citado artículo.

En su virtud, vistos los preceptos de aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, la competencia para iniciar y tramitar el procedimiento de modificación de la relación de puestos de trabajo de este Organismo Autónomo, en los términos del citado Acuerdo de Gobierno de 10 de noviembre de 2011.

Segundo.- Las resoluciones y actos que se adopten en el ejercicio de la presente delegación harán constar expresamente esta circunstancia, y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Tercero.- La presente Resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de noviembre de 2011.- El Director, Juan Jesús Ayala Hernández.

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