Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 233. Viernes 25 de Noviembre de 2011 - 6173

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda

6173 Instituto Canario de la Vivienda.- Resolución de 16 de noviembre de 2011, de la Presidenta, por la que se delega en la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad la competencia para iniciar el procedimiento de modificación de la relación de puestos de trabajo de este Instituto.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 6 Kb.
BOC-A-2011-233-6173. Firma electrónica-Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El Gobierno de Canarias, en su sesión de fecha 10 de noviembre de 2011, adoptó Acuerdo en cuya virtud la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad ha de proceder a la tramitación, en un solo Proyecto de Decreto, de la modificación conjunta de las relaciones de puestos de trabajo de los distintos Departamentos y Organismos Autónomos, en los términos señalados en el mismo.

Segundo.- Para realizar dicha tramitación, el citado Acuerdo prevé que los Departamentos y Organismos Autónomos afectados tomarán los acuerdos necesarios para delegar en la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad la competencia para iniciar y tramitar el procedimiento de modificación de la relación de puestos de trabajo.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- De conformidad con las competencias atribuidas por el artículo 29.1 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, corresponde a los Consejeros del Gobierno de Canarias iniciar los procedimientos de modificación de las relaciones de puestos de trabajo de sus respectivos Departamentos. Asimismo, el artículo 16 bis de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, dispone, en su apartado 1, que: "A iniciativa del departamento correspondiente, previo informe de las Direcciones Generales de la Función Pública y de Planificación, Presupuesto y Gasto Público, y a propuesta conjunta de los Consejeros de Presidencia y de Economía y Hacienda, compete al Gobierno la aprobación de las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo".

Por otra parte, el artículo 36 del Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda, establece que el Instituto Canario de la Vivienda tendrá su propia relación de puestos de trabajo, que será aprobada por el Gobierno de Canarias a propuesta conjunta de los Consejeros competentes en materia de función pública y hacienda, a iniciativa del propio Instituto Canario de la Vivienda.

Segunda.- El artículo 31.3 de la citada Ley 14/1990, señala que el ejercicio de las competencias propias podrá ser delegado en el órgano que, por la aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo para ello. Y dada la situación actual, el órgano más adecuado para iniciar la tramitación, en un solo proyecto de Decreto, de las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo de los distintos Departamentos y Organismos Autónomos es la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad.

Tercera.- Por su parte, el apartado 1 del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece la posibilidad de que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas puedan delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes. Producida la delegación, esta deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias, según prevé el apartado 3 del citado artículo.

En su virtud, vistos los preceptos de aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad la competencia para iniciar y tramitar el procedimiento de modificación de la relación de puestos de trabajo de este Instituto, en los términos del citado Acuerdo de Gobierno de 10 de noviembre de 2011.

Segundo.- Las resoluciones y actos que se adopten en el ejercicio de la presente delegación harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Tercero.- La presente Resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de noviembre de 2011.- La Presidenta, Inés Nieves Rojas de León.

© Gobierno de Canarias