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BOC Nº 230. Martes 22 de Noviembre de 2011 - 6079

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

6079 Viceconsejería de Industria y Energía.- Anuncio de 18 de octubre de 2011, por el que se somete a información pública el expediente relativo a autorización administrativa de la instalación eléctrica denominada baja técnica de estación transformadora C-200.254 Aguas Residuales, ubicada en Avenida del Saladar-Jandía, nº 23, término municipal de Pájara (Fuerteventura).- Expte. nº AT 10/100.

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BOC-A-2011-230-6079. Firma electrónica-Descargar

Solicitada autorización administrativa ante esta Viceconsejería de Industria y Energía de las instalaciones eléctricas que se citan en el expediente nº 10/100, denominado baja técnica de estación transformadora C-200.254 "Aguas Residuales", y a los efectos previstos en el artículo 39.4 del Decreto 141/2009, de 24 de noviembre, se somete a información pública la Resolución sobre autorización administrativa de cierre y desmantelamiento de instalación eléctrica de alta tensión, emitida con fecha 30 de septiembre de 2010 por esta Viceconsejería de Industria y Energía:

Resolución sobre autorización administrativa de proyecto de cierre y desmantelamiento de instalación eléctrica de alta tensión, expediente nº AT 10/100.

Informe Técnico

D. Javier Casado Cuyás, ingeniero facultativo del Gobierno de Canarias adscrito a la Dirección General de Energía, instructor del expediente de referencia arriba indicado, denominado Proyecto de baja técnica de estación transformadora C-200.254 "Aguas Residuales", con nº de visado C.O.I.T.I.LP 103456, cuya solicitud de autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución fue presentada en fecha 19 de agosto de 2010, informa lo siguiente:

1. Características generales de la Instalación:

Peticionario: Stella Canaris Befasca, S.A.

Autor del Proyecto: José M. Padillo Rivademar.

Presupuesto de Ejecución Material: 5.600 euros.

Término municipal: Pájara.

2. Desmantelamiento de Centro de Transformación:

Titular: Stella Canaris Befasca, S.A.

Ubicación/es: Avenida del Saladar, 23, Jandía.

Términos municipales: Pájara.

Ver anexo en la página 27680 del documento Descargar

Esta instalación se legalizó en el expediente nº AT 88/105.

3.Trámites realizados y resultados:

Condicionados técnicos emitidos por otras Administraciones/Organismos/Empresas de Servicios Públicos o de Interés General.

Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. Condicionado

Considerando:

Este proyecto dispone de Estudio Básico de Seguridad y Salud.

Vista la normativa de aplicación:

- Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, que aprueba el Reglamento Técnico de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión, más las disposiciones que lo desarrollan y complementan.

- Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, e Instrucciones Técnicas Complementarias.

- Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el nuevo Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.

- Orden de 19 de agosto de 1997 y Orden de 29 de julio de 1994, sobre normas particulares para instalaciones de Alta Tensión en el ámbito del suministro de UNELCO.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de octubre de 2011.- Javier Casado Cuyás, Ingeniero Industrial.

Propuesta de Resolución

Visto el anterior informe, así como el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE de 27.12.00), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias (BOC nº 230, de 24.11.09), Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adapta el procedimiento administrativo de la citada ley al territorio de esta Comunidad Autónoma, el funcionario que suscribe propone:

La autorización administrativa de cierre y desmantelamiento de la instalación.

Esta autorización se deberá conceder, con independencia de otras exigibles por la legislación sectorial vigente, con sujeción a las siguientes prescripciones:

Para el desarrollo y ejecución de la instalación el titular de la misma deberá seguir los trámites reseñados en el artº. 35 del Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, anteriormente citado.

Las obras se ajustarán, en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que en su caso puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y reglamentos vigentes, quedando sometidas a la inspección y vigilancia de esta Dirección General.

Durante la ejecución de este proyecto se observarán los condicionados establecidos por: Endesa distribución Eléctrica, S.L.U.

Cualquier alteración importante de las características de la instalación producirá la anulación de la presente y exigirá, en su caso, el inicio de un nuevo procedimiento administrativo.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones es de un mes. En caso de no ser factible se procederá a cumplimentar, por parte del peticionario, lo que para la concesión de prórrogas se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775 de 22 de julio de 1967 y Real Decreto 2578/1982, de 24 de julio.

La instalación deberá ser ejecutada por instalador autorizado y si el director de obra es distinto del autor del proyecto esta situación deberá ser comunicada a la Administración.

Previos los trámites legales, la Administración podrá declarar la caducidad de esta autorización si se comprobase la inexactitud de las declaraciones del peticionario que figuran en el expediente o el incumplimiento del plazo concedido para la solicitud de puesta en marcha.

Al comienzo de las obras, se habrá de dar cuenta a la autoridad laboral competente, de acuerdo con lo indicado en el artículo 18 y en el anexo III del vigente Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, acompañado del correspondiente Plan de Seguridad y Salud.

Esta autorización se emite a salvo de los derechos de propiedad de los terrenos ocupados, y de los cuales se deberá disponer de autorización de paso por parte del peticionario, así como de cualquier otra que reglamentariamente sea necesario disponer. En caso contrario, y en aplicación de la prescripción nº 8 anterior, se podrá declarar la nulidad de la presente autorización.

Prescripciones a cumplimentar por el titular de la instalación:

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de septiembre de 2010.- Juan Antonio León Robaina, el Jefe de Servicio de Instalaciones Energéticas.

Resolución

Vista la anterior propuesta y de acuerdo con las facultades que me otorga el Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio esta Dirección General de Energía resuelve:

Aceptar en todos sus términos la propuesta anterior.

Esta autorización, concedida por el Órgano Sustantivo, se emite a salvo de los derechos de propiedad que puedan haber sido omitidos en el trámite del expediente.

Notifíquese esta resolución al peticionario y a todas las Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general y particulares titulares de derechos que intervinieron o pudieron intervenir en el procedimiento.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Industria y Nuevas Tecnologías en el plazo de un mes a partir de la notificación de la presente resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse, conforme a lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de septiembre de 2010.- Adrián Mendoza Grimón, Director General de Energía.

Lo que se hace público para que pueda ser examinado el proyecto de la instalación en esta Dirección General de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, sita en la planta 8ª del Edificio de Servicios Múltiples I, calle Profesor Agustín Millares Carlo, 22, Las Palmas de Gran Canaria, y formularse al mismo las alegaciones, que se estimen oportunas en el plazo de veinte días contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de octubre de 2011.- El Viceconsejera de Industria y Energía, Francisca Luengo Orol.

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