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BOC Nº 230. Martes 22 de Noviembre de 2011 - 6063

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

6063 Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural.- Anuncio de 15 de noviembre de 2011, por el que se hace pública la Resolución de 15 de noviembre de 2011, que somete a información pública la versión preliminar del Plan de Zona de la isla de Lanzarote y del Informe de Sostenibilidad Ambiental.

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BOC-A-2011-230-6063. Firma electrónica-Descargar

Vista la propuesta formulada por el Servicio de Planificación de Obras y Ordenación Rural, de fecha 17 de octubre de 2011, relativa a la fase de consulta de la versión preliminar del Plan de Zona de la isla de Lanzarote y del Informe de Sostenibilidad Ambiental, y su sometimiento al trámite de información pública, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

La Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, tiene por objeto el establecimiento de medidas para favorecer un desarrollo sostenible del medio rural, mediante la acción de la Administración General del Estado y la concertada con el resto de las Administraciones Públicas, con el fin de alcanzar una acción pública coordinada y complementaria en este ámbito que mejore la cohesión económica y social entre los diversos territorios, así como la protección y el uso sostenible de los ecosistemas y recursos naturales.

Mediante Real Decreto 752/2010, de 4 de junio, se aprueba el primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible para el período 2010-2014, en aplicación de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, conforme al contenido y las condiciones que se establecen en su anexo. Este Programa se ha de aplicar en las zonas rurales, delimitadas y calificadas por las comunidades autónomas que se incorporan en el capítulo 3 del mismo.

El Decreto 75/2010, de 1 de julio, crea y regula la Comisión para el Medio Rural y el Consejo para el Medio Rural de Canarias. En su artículo 10, establece que la coordinación de todas las actuaciones necesarias para la puesta en funcionamiento del Programa, ejecución y seguimiento se llevará a cabo por las Consejerías competentes en materia de desarrollo rural y medio ambiente. Entre sus funciones está la de impulsar el proceso de participación y coordinación, y la de iniciar el proceso para la Evaluación Ambiental Estratégica de los planes de zona.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre Evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, mediante Resolución de 7 de febrero de 2011, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 28 de diciembre de 2010, relativo a la aprobación del Documento de referencia para la elaboración del Informe de Sostenibilidad Ambiental de los Planes de zona rural de Canarias, en el marco del Programa de Desarrollo Rural Sostenible 2010-2014, cuyo texto figura como anexo (BOC nº 39, de 23.2.11).

Asimismo, en concordancia con el artº. 10 de la citada Ley 9/2006, de 28 de abril, el punto segundo del citado Acuerdo determina que las consultas sobre la versión preliminar del Plan de Zona, que incluirá el Informe de Sostenibilidad Ambiental, se realizarán por el órgano promotor del Programa de Desarrollo Rural Sostenible a las Administraciones Públicas afectadas y al público interesado que se citan en el mencionado anexo.

Dicha fase de consultas y la puesta a disposición del público de la versión preliminar del Plan de Zona, incluido el Informe de Sostenibilidad, se realizará mediante inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, disponiendo un plazo de cuarenta y cinco (45) días para su examen y formulación de observaciones.

Constituida la Comisión del Medio Rural de Canarias, en sesión celebrada el día 5 de octubre de 2011, se aprueba provisionalmente el borrador de Plan de Zona de la isla de Lanzarote, y se faculta a la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural para someter a información pública el Informe de Sostenibilidad Ambiental del referido Plan de Zona.

En base a todo lo anterior,

R E S U E L V O:

Primero.- Someter a información pública el Informe de Sostenibilidad Ambiental del Plan de Zona de la isla de Lanzarote, mediante la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, para su examen y formulación de observaciones, por el plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación.

Segundo.- La versión preliminar del Plan de Zona de la isla de Lanzarote y del Informe de Sostenibilidad Ambiental se encuentra a disposición del público interesado en el Servicio de Planificación de Obras y Ordenación Rural, de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural, con sede en Avenida José Manuel Guimerá, nº 10, Edificio de Servicios Múltiples II, 3ª planta, y podrá consultarse en horario de 9,00 a 14,00 horas.

Asimismo la versión preliminar del Plan de Zona de la isla de Lanzarote y el Informe de Sostenibilidad Ambiental estará disponible en la página web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas en la siguiente dirección

https://www.gobiernodecanarias.org/agricultura/temas/desarrollo_rural/pdrs/.

Tercero.- En el trámite de consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas, se evacuará consulta, conforme se establece en el punto segundo del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 28 de diciembre de 2010, relativo a la aprobación del Documento de referencia para la elaboración del Informe de Sostenibilidad Ambiental de los Planes de zona rural de Canarias, en el marco del Programa de Desarrollo Rural Sostenible 2010-2014, a todas las Administraciones Públicas, Universidades, Consorcios Insulares de la Reserva de la Biosfera de Canarias y Asociaciones ambientalistas detalladas.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de noviembre de 2011.- El Director General de Agricultura y Desarrollo Rural, Pedro Tomás Pino Pérez.

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