Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 9 Kb.
BOC-A-2011-230-6054.
Firma electrónica-Descargar
D./Dña. Sonia Herrera Mayoral, Secretario Judicial del Juzgado de Instrucción nº 2 (antiguo P. Inst. e Instr. nº 7) de Arrecife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA 67/2011
En Arrecife, a 20 de septiembre de 2011.
Vistos por D. Leandro Martínez Puertas, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Instrucción número 2 de esta ciudad, los autos de juicio ordinario número 504/08, seguidos a instancia de Aluminios Güime, S.L., representada por la Procuradora Dña. Milagros Cabrera Pérez y asistida del Letrado D. Juan José Delgado Cabrera, contra D. Luis Ismael Pérez Pérez, declarado en situación procesal de rebeldía, sobre acción de reclamación de cantidad.
FALLO
1.- Que estimo íntegramente la demanda presentada por Aluminios Güime, S.L., contra D. Luis Ismael Pérez Pérez, declarando que el demandado adeuda a la actora la suma de 11.816,24 euros por las cantidades adeudadas, a cuyo pago le condeno.
2.- Que condeno igualmente al demandado al pago de los intereses de dicha suma en la forma prevista en el Fundamento de Derecho Segundo de esta resolución.
3.- La parte demandada abonará las costas causadas en este procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
E/.
PUBLICACIÓN.- A continuación la resolución precedente fue leída y publicada celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha el Juez que la dictó. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Luis Ismael Pérez Pérez, expido y libro el presente en Arrecife, a 20 de septiembre de 2011.- El/la Secretario Judicial.
© Gobierno de Canarias