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BOC Nº 215. Miércoles 2 de Noviembre de 2011 - 5650

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arrecife

5650 EDICTO de 29 de julio de 2011, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de procedimiento ordinario nº 0001067/2009.

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D./Dña. Rafael Cubillo Palomino, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arrecife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

Juzgado de Primera Instancia número 3 de Arrecife.

En Arrecife, a 25 de julio de 2011.

SENTENCIA

Procedimiento: ordinario 1067/2009.

Objeto: reclamación de cantidad.

Demandantes: Serena Juana Lloyd Sanford, Chloe Batista Lloyd y Lucas Batista Lloyd.

Procurador: Sandro Müller.

Letrado: Jaime Lleó Kühnel.

Demandado: Frederick Zephyrinus Xavier Mascarenhas (en rebeldía).

Demandada: Fernanda Fátima Caldeira Mascarenhas (en rebeldía).

Juez que la dicta: Jerónimo Alonso Herrero.

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sandro Müller en nombre y representación de Serena Juana Lloyd Sanford, de Chloe Batista Lloyd y de Lucas Batista Lloyd contra Frederick Zephyrinus Xavier Mascarenhas y contra Fernanda Fátima Caldeira Mascarenhas (ambos en rebeldía), condeno a los demandados a elevar a público el contrato privado de compraventa de fecha 6 de mayo de 1987 al que se refiere el fundamento de derecho segundo de la presente resolución, todo ello con imposición de costas a los demandados.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Esta resolución no es firme y contra ella cabe recurso de apelación que deberá prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación y que será resuelto por la Audiencia Provincial de Las Palmas.

Llévese el original al Libro de Sentencias.

Así por esta mi Sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior resolución por el mismo Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Frederick Zephyrinus Xavier Mascarenhas y Fernanda Fátima Caldeíra Mascarenhas, expido y libro el presente en Arrecife, a 29 de julio de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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