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BOC Nº 205. Martes 18 de Octubre de 2011 - 5408

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Instrucción nº 2 (antiguo P. Inst. e Instr. nº 7) de Arrecife

5408 EDICTO de 29 de julio de 2011, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de procedimiento ordinario nº 0000540/2010.

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BOC-A-2011-205-5408. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. Sonia Herrera Mayoral, Secretario/a Judicial del Juzgado de Instrucción nº 2 (antiguo P. Inst. e Instr. nº 7) de Arrecife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arrecife, a 16 de mayo de 2011.

Vistos por D. Leandro Martínez Puertas, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Instrucción nº 2 de esta ciudad, los autos de juicio ordinario nº 540/10, seguidos a instancia de Comesa Canarias, S.L., representada por la Procuradora Dña. Encarnación Pinto Luque y asistida del Letrado D. Mario Santana González, contra Los Mojones Holidays, S.A., declarado en situación procesal de rebeldía, sobre acción de reclamación de cantidad.

FALLO

1.- Que estimo íntegramente la demanda presentada por Comesa Canarias, S.L., contra Los Mojones Holidays, S.A., declarando que el demandado adeuda a la actora la suma de 22.909,25 euros por las cantidades adeudadas, a cuyo pago le condeno.

2.- Que condeno igualmente al demandado al pago de los intereses de dicha suma en la forma prevista en el Fundamento de Derecho Segundo de esta resolución.

3.- La parte demandada abonará las costas causadas en este procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

PUBLICACIÓN.- A continuación la resolución precedente fue leída y publicada celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha el Juez que la dictó. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Los Mojones Holidays, S.A., expido y libro el presente en Arrecife, a 29 de julio de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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