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BOC Nº 205. Martes 18 de Octubre de 2011 - 5403

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial

5403 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 6 de octubre de 2011, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 26 de septiembre de 2011, relativo a la aprobación de la Memoria Ambiental y emisión de informe sobre la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación de Candelaria relativa a la Corrección de la Delimitación de Sectores, Unidades de Actuación y Actuaciones Urbanísticas Aisladas.- Expte. 2010/0350.

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BOC-A-2011-205-5403. Firma electrónica-Descargar

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 26 de septiembre de 2011, relativo a la aprobación de la Memoria Ambiental y emisión de informe sobre la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación de Candelaria relativa a la Corrección de la Delimitación de Sectores, Unidades de Actuación y Actuaciones Urbanísticas Aisladas (expediente 2010/0350), cuyo texto figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de octubre de 2011.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 26 de septiembre de 2011 en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 27.1.e).II del Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, y modificado por el Decreto 30/2007, de 5 de febrero, aprobar la Memoria Ambiental de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación de Candelaria relativa a la Corrección de la Delimitación de Sectores, Unidades de Actuación y Actuaciones Urbanísticas Aisladas (expediente 2010/0350) condicionada a la subsanación de la siguiente observación:

"Algunas de las medidas correctoras específicas para cada uno de los sectores y ámbitos de ordenación incluidas como determinaciones finales, así como las derivadas de la concreción del seguimiento ambiental, y que se exponen tanto en el apartado 7.2 de la propuesta de memoria ambiental como en el informe de sostenibilidad ambiental, no han sido trasladas a la normativa ni al fichero de ámbitos urbanísticos y de gestión. Este traslado debe realizarse previo a la aprobación definitiva de la presente Modificación".

De conformidad con el artículo 27.1.e).II del Reglamento de Procedimientos, no podrá aprobarse definitivamente el instrumento de planeamiento mientras no conste fehacientemente la corrección ordenada.

Igualmente, de conformidad con el artículo 27.2 del Reglamento de Procedimientos, si el documento de planeamiento, a lo largo de su tramitación, introdujera modificaciones sustanciales que pudieran tener efectos significativos para el medio ambiente, el órgano promotor estará obligado a la modificación del informe de sostenibilidad elaborado y a proponer la corrección de la Memoria Ambiental aprobada, sometiéndola nuevamente a la consideración del órgano ambiental.

Segundo.- De conformidad con los artículos 27.1.c) y 79.a) del Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, y modificado por el Decreto 30/2007, de 5 de febrero, y 32.3.a) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, informar la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación de Candelaria relativa a la Corrección de la Delimitación de Sectores, Unidades de Actuación y Actuaciones Urbanísticas Aisladas (expediente 2010/0350) en sentido favorable, si bien realizándose las siguientes observaciones:

1. En la UA CA-16 se detecta el error material consistente en la existencia de dos líneas de edificación correspondientes al Tren del Sur.

2. En la relación de propietarios y fincas afectadas por la expropiación de sistemas generales del "Anexo de Expropiación", falta por incorporar los referentes a la OPO Camino Mondongo y a la OPO Guaja.

Tercero.- Notificar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de Candelaria y al Cabildo de Tenerife.

Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, p.a., Demelza García Marichal.

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