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BOC-A-2011-200-5299.
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D./Dña. María Visitación Rengifo Olea, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Granadilla de Abona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Granadilla de Abona, a doce de marzo de dos mil nueve.
Vistos por Dña. María Isabel Pardo-Vivero Alsina, Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Granadilla de Abona y su partido, los presentes autos de juicio verbal número 759/06 seguidos en este Juzgado, a instancia del Procurador D. Francisco González Pérez, en nombre y representación de Dña. María Iriarte Aqueche, contra Dña. Nicola Marie Deans, incomparecida en autos y declarada en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de rentas, y con los siguientes
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Francisco González Pérez en nombre y representación de Dña. María Iriarte Aqueche contra Dña. Nicola Marie Deans, rebelde procesal, condeno a la demandada a abonar a la parte demandante la cantidad de cinco mil novecientos trece euros con cincuenta y un céntimos (5.913,51 euros), más el interés legal correspondiente, con la imposición de las costas de esta instancia.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Nicola Marie Deans, expido y libro el presente en Granadilla de Abona, a 10 de mayo de 2010.- La Secretaria Judicial.
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