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BOC Nº 196. Martes 4 de Octubre de 2011 - 5204

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

5204 Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 19 de septiembre de 2011, del Director, relativo a notificación a Néstor González Rodríguez, de requerimiento de 13 de julio de 2011, de documentación en relación a la solicitud de calificación como I+E del proyecto empresarial Kinetic Enterprise, S.L.U., al amparo de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 15 de julio de 1999 (BOE nº 182, de 31 de julio).- Expte. 11-38/04873.

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BOC-A-2011-196-5204. Firma electrónica-Descargar

Habiendo sido intentada la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Néstor González Rodríguez, del requerimiento de fecha 13 de julio de 2011, y número de registro 412188, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Asunto: requerimiento de documentación.

Vista la documentación con registro de entrada nº 733242, de fecha 5 de julio de 2011 en el Servicio Canario de Empleo, por la que se solicita Calificación como I+E para el proyecto empresarial "Kinetic Enterprise, S.L.U.", al amparo de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 15 de julio de 1999 (BOE nº 182, de 31 de julio) por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificadas como I+E, este Servicio le requiere para que aporte en el plazo de diez días hábiles a partir de la notificación, original y copia a efectos de su compulsa de la siguiente documentación:

* Declaración jurada del promotor de no haber constituido la empresa y en caso de haberla constituido en un plazo máximo de seis meses anteriores al momento en que se formula la solicitud de calificación, así como documento que lo acredite (Se entenderá que una empresa está constituida desde el momento de su inscripción en el correspondiente registro mercantil o, en su caso, en el Registro de Cooperativas. Cuando se trate de empresario individual o comunidad de bienes, cuando cause alta en el Censo de Hacienda).

Esta declaración jurada se ha presentado, pero con la indicación de la fecha de constitución de la S.L.U. incorrecta, por lo que debe aportarse nueva declaración donde se indique correctamente la fecha de constitución de "Kinetic Enterprise, S.L.".

La subsanación de las deficiencias señaladas en los párrafos anteriores, dentro del plazo establecido, significa la admisión a trámite de su solicitud, si bien no presupone la aprobación de la calificación interesada.

Una vez transcurrido este plazo, sin que se hubiese cumplimentado este trámite, este Organismo, en aplicación de lo recogido en el artº. 71.1 de la Ley Estatal 30/1992, de 26 de noviembre (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), le tendrá por desistido de su petición, previa resolución expresa que se dictará en los términos recogidos en el artículo 42 de la Ley citada.- En Santa Cruz de Tenerife, a 13 de julio de 2011.- La Jefa de Sección de Promoción de la Economía Social I, Araceli García Santamaría."

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de septiembre de 2011.- El Director, Manuel León Ortega.

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