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BOC Nº 183. Jueves 15 de Septiembre de 2011 - 4956

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de Tenerife

4956 EDICTO de 22 de julio de 2011, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000422/2008.

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BOC-A-2011-183-4956. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. Elena Santamaría Manso, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo extracto tiene el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a siete de julio de dos mil nueve.

Vistos por mí, Dña. Gabriela Reverón González, Magistrado-Juez de Primera Instancia nº Dos de esta ciudad y su Partido, los presentes autos de Juicio ordinario nº 422/08, la Comunidad de Propietarios del edificio Parque Bulevar, contra la entidad mercantil Suculum 2000, S.L., contra la mercantil Grupo Kyoto, S.L. incomparecidas en autos y declaradas en situación procesal de rebeldía y contra Inversiones Parque, S.L.,

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda promovida por D. Juan Manuel Beautell López en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios del edificio Parque Bulevar, defendida por el letrado D. Esteban Mandillo Martínez contra la entidad mercantil Suculum 2000 L. contra la mercantil Grupo Kyoto, S.L. incomparecidas en autos y declaradas en situación procesal de rebeldía y contra Inversiones Parque, S.A., representada por la procuradora Dña. Eugenia Beltrán Gutiérrez, y defendido por el letrado D. Antonio Domínguez Vila y, en consecuencia debo condenar y condeno a la entidad Inversiones Parque, S.L. al pago de la cantidad de doce mil ochocientos sesenta y un euros con cuarenta y cuatro céntimos (12.861,44 euros), con más el interés legal. Asimismo, debo condenar y condeno a entidad Suculum 2000, S.L. a abonar a la actora la cantidad de treinta y siete mil ciento sesenta y dos euros con quince céntimos (37.162,15 euros), más el importe de mil seiscientos tres euros con veintitrés céntimos (1.603,23 euros), y a la mercantil Grupo Kyoto, S.L. a la cantidad de seis mil setenta y ocho euros con treinta y cinco (6.078,35 euros), más la cantidad de trescientos noventa y cuatro euros con treinta y tres céntimos (394,33 euros); todo ello con más el interés legal; y con imposición de las costas procesales a las demandadas.

PUBLICACIÓN. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Mercantil Suculum 2000, S.L., expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 22 de julio de 2011.- El/la Secretario Judicial.

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