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BOC Nº 183. Jueves 15 de Septiembre de 2011 - 4953

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

4953 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 5 de septiembre de 2011, del Director, por la que se ordena el tercer y último pago de las subvenciones concedidas con cargo al primer período de la convocatoria 2010 del programa de fomento de la empleabilidad Trabajoven.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución del Presidente del Servicio Canario de Empleo de 21 de junio de 2010 (BOC nº 127, de 30.6.10), se modifican las bases reguladoras, en el marco del Plan Canarias Emplea, del programa de fomento de la empleabilidad "Trabajoven", y se aprueba la convocatoria del mismo para el ejercicio 2010.

Segundo.- El plazo de presentación de solicitudes del primer período de esta convocatoria abierta, el cual corresponde con el período de realización de contratos comprendidos entre mayo y junio de 2010- se extendió hasta el 10 de julio de 2010, según lo consignado en el resuelvo 2º) 2.1 de la citada Resolución de 21 de junio de 2010.

Tercero.- Mediante Resolución nº 10/09214, de 1 de octubre de 2010, del Director del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 210, de 25.10.10), se establece la relación de entidades beneficiarias de subvención, y se ordena, en su resuelvo tercero, el primer pago de la subvención concedida a cada entidad, el cual se realiza en concepto de los seis primeros meses de realización de los contratos en virtud de los cuales se concede la citada subvención.

Cuarto.- Mediante Resolución 11/07762, de 17 de junio de 2011, del Director del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 132, de 6.7.11), se ordena el segundo pago de la subvención concedida a cada entidad, el cual se realiza en concepto de meses comprendidos entre el 7º y 9º mes de realización de las contrataciones en virtud de las cuales se concede la citada subvención.

Quinto.- Habiendo sido el 30 de junio de 2010 la fecha máxima de inicio de los contratos circunscritos a este primer período de la convocatoria, y habiendo transcurrido más de doce meses desde dicha fecha, procede realizar el pago 3º de las solicitudes concedidas en dicho período, pago este que se corresponde, de conformidad con la base reguladora undécima del Programa, con los meses comprendidos entre el mes 10º y 12º de cada contratación objeto de subvención.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución es la Dirección del Servicio Canario de Empleo, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80, de 28.4.03), según redacción dada por el artículo único, apartado uno, de la Ley 3/2011, de 18 de febrero (BOC nº 44, de 2.3.11).

Segundo.- La base reguladora undécima del Programa determina la obligación de ordenar el primer pago de la cuantía concedida a cada entidad beneficiaria una vez transcurridos los seis primeros meses de vigencia de cada contrato.

De igual forma, dicha base establece que el importe restante de la subvención se abonará dentro del mes inmediatamente siguiente al de cada uno de los siguientes trimestres de vigencia del contrato.

R E S U E L V O:

Primero.- De acuerdo con el anexo I de esta Resolución y en conformidad con la base reguladora undécima del Programa, ordenar el tercer pago de la subvención concedida, el cual se corresponde con el período que transcurre desde el mes 10º al 12º de la contratación objeto de subvención.

Segundo.- En lo que respecta a la subvención concedida a la entidad Seaweed Canarias (nº expte. 010-01), dada la terminación a los 246 días de la contratación subvencionada inicialmente en virtud de una duración de 12 meses, dejar sin efecto de forma parcial dicha concesión por un importe de 1.520 euros:

Ver anexo en la página 23922 del documento Descargar

Tercero.- Declarar la justificación total de las subvenciones concedidas con cargo a este primer período de la convocatoria 2010 del Programa "Trabajoven", las cuales han tenido un período máximo de ejecución de contratos de 12 meses.

Cuarto.- Notificar la presente Resolución a los interesados en el expediente, con la indicación de que contra la misma, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de septiembre de 2011.- El Director, Manuel León Ortega.

Ver anexo en la página 23924 del documento Descargar

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