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BOC-A-2011-165-4656.
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Al objeto de posibilitar una mayor agilidad y eficacia en la acreditación de actividades de formación continuada cuyas competencias tiene atribuidas este Centro Directivo a tenor de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 17/2010, de 25 de febrero, por el que se crea la Comisión Canaria de Formación Continuada de las profesiones sanitarias y se regula el procedimiento de acreditación de la formación continuada de las profesiones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 51, de 15.3.10), se procedió, en función de las circunstancias y necesidades existentes en el momento, a delegar en la Comisión Canaria de Formación Continuada de las profesiones sanitarias el ejercicio de determinadas facultades relativas a la acreditación de actividades de formación continuada, mediante Resolución de 2 de mayo de 2011 (BOC de 16.5.11), y en virtud de las previsiones contenidas en los artículos 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992.
Al no alcanzarse los objetivos que motivaron dicha delegación de funciones, procede su revocación, al amparo de lo dispuesto en el artículo 13.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992.
La revocación de competencias debe publicarse en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo previsto en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, ya citada.
En virtud de lo expuesto, y en uso de las facultades que tengo atribuidas,
R E S U E L V O:
Primero.- Revocar la delegación de funciones efectuada a la Comisión Canaria de Formación Continuada mediante Resolución de 2 de mayo de 2011 (BOC de 16.5.11).
Segundo.- Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Tercero.- Esta Resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de agosto de 2011.- La Directora General de Recursos Humanos, María del Carmen Aguirre Colongues.
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