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BOC Nº 161. Miércoles 17 de Agosto de 2011 - 4574

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

4574 ORDEN de 5 de agosto de 2011, por la que se delega la competencia para la celebración de los contratos administrativos necesarios para la adquisición, implantación y mantenimiento del software necesario para el desarrollo del Sistema Económico Financiero de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFCAN).

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BOC-A-2011-161-4574. Firma electrónica-Descargar

Considerando que el artículo 25.1.b) de la Ley 11/2010, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2011, atribuye a la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad la gestión de los créditos que dan cobertura, entre otras, a la contratación centralizada de los contratos de adquisición y mantenimiento del software que, por su naturaleza, haya de revestir carácter homogéneo para todas las consejerías, organismos autónomos y demás entes vinculados o dependientes de aquellas.

Teniendo en cuenta las competencias asumidas por la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad en virtud de lo establecido en el artículo 5 del Decreto 86/2011, de 8 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías.

Considerando que la especialidad propia del desarrollo de un sistema informático en materia económico financiera aconseja que sea la Consejería competente en tal ámbito material la que ejerza la competencia para la contratación de dicho desarrollo, de manera que el departamento especializado en el ámbito financiero, presupuestario y contable dirija, controle y supervise los trabajos que a tal efecto se contraten.

A la vista de que el apartado 2.m) del artículo 22 del Decreto 12/2004, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda, atribuye a la Secretaría General Técnica la competencia de dirección, planificación y coordinación de la informática, salvo la tributaria, y el soporte de comunicaciones de la Consejería, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, razones de eficacia aconsejan que la delegación se efectúe en la persona titular de la Secretaría General Técnica.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad el ejercicio de la competencia para la celebración de los contratos administrativos necesarios para la adquisición, implantación y mantenimiento del software para el desarrollo del Sistema Económico Financiero de la Comunidad Autónoma de Canarias.

La presente delegación conlleva, asimismo, la del ejercicio de las competencias inherentes a la gestión de los créditos necesarios para celebrar los contratos.

Segundo.- La presente Orden surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de agosto de 2011.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,

JUSTICIA E IGUALDAD,

Francisco Hernández Spínola.

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