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BOC Nº 155. Lunes 8 de Agosto de 2011 - 4450

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

4450 Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural.- Anuncio de 22 de julio de 2011, relativo a notificación a la entidad Sociedad Cooperativa Limitada del Campo San Rafael de la Resolución de 16 de mayo de 2011, por la que se exige el reintegro de la subvención concedida a la citada entidad por Resolución de 14 de septiembre de 2005, de la Dirección General de Agricultura, al amparo de la Orden de 17 de febrero de 2005, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación destinadas a la prestación de servicios a las explotaciones agrícolas de Canarias.

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BOC-A-2011-155-4450. Firma electrónica-Descargar

Se ha intentado la notificación a la entidad Sociedad Cooperativa Limitada del Campo San Rafael, con C.I.F. F-35051085, de la Resolución nº 2267 de 16 de mayo de 2011, por la que se exige el reintegro de la subvención concedida a la entidad Sociedad Cooperativa Limitada del Campo San Rafael, por Resolución nº 2037 de 14 de septiembre de 2005, de la Dirección General de Agricultura, al amparo de la Orden de 17 de febrero de 2005, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, destinadas a la prestación de servicios a las explotaciones agrícolas de Canarias, sin que la misma se pudiera practicar en los términos previstos en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Conforme a lo previsto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, cuando intentada la notificación, no se hubiese podido practicar la misma, se hará por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento en su último domicilio, en el Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, según cual sea la Administración de la que proceda el acto a notificar y el ámbito territorial del órgano que lo dictó.

Por su parte, el artículo 61 del mismo cuerpo legal prevé que cuando el órgano competente apreciase que la notificación por medio de anuncios o la publicación lesione derechos o intereses legítimos, se limitará a publicar en el diario oficial que corresponda una somera indicación del contenido del acto y del lugar donde los interesados podrán comparecer, en el plazo que se establezca, para conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento. En el presente caso se aprecia que concurren las circunstancias previstas en dicho artículo.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Notificar a la entidad Sociedad Cooperativa Limitada del Campo San Rafael, con C.I.F. F-35051085, mediante la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, la siguiente Resolución:

"Resolución nº 2267, de 16 de mayo de 2011, por la que se exige el reintegro de la subvención concedida a la entidad Sociedad Cooperativa Limitada del Campo San Rafael, por Resolución nº 2037 de 14 de septiembre de 2005, de la Dirección General de Agricultura, al amparo de la Orden de 17 de febrero de 2005, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, destinadas a la prestación de servicios a las explotaciones agrícolas de Canarias".

Segundo.- A tal efecto, el interesado que se cita o su representante debidamente acreditado deberá personarse en el plazo máximo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, en las dependencias de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural, Santa Cruz de Tenerife, Avenida José Manuel Guimerá, 10, Edificio de Usos Múltiples II, 3ª planta, en horario de lunes a viernes de 8 a 14 horas (13,00 horas de verano).

Si transcurrido el citado plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de julio de 2011.- El Director General de Agricultura y Desarrollo Rural, Pedro Tomás Pino Pérez.

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