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BOC-A-2011-151-4339.
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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la Sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por la demandante Entidad Mercantil Franvial Inox, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales D. Miguel A. Rodríguez López, contra la demandada Entidad Mercantil Trasnocha Ocio y Negocio, S.L., de las circunstancias de identificación que constan en autos, debo:
1.- Condeno a la demandada a que abone a la demandante la cantidad de diez mil ochocientos once euros con dos céntimos -10.811,02 euros-, junto con los intereses legales que correspondan.
2.- Condeno a la demandada citada al pago de todas las costas de esta instancia.
Notifíquese esta resolución en forma legal a las partes, con la advertencia de que contra la misma podrán interponer recurso de apelación, a preparar ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de cinco días, insertándose este original en el legajo correspondiente y testimoniándose en las actuaciones.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y en consecuencia del ignorado paradero de la entidad Trasnocha Ocio y Negocio, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación en forma.
En Santa Cruz de Tenerife, a 13 de mayo de 2011.- El Secretario.
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