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BOC Nº 146. Martes 26 de Julio de 2011 - 4210

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I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Sanidad

4210 ORDEN de 7 de julio de 2011, por la que se aprueba el Calendario Vacunal Infantil de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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La Orden de 13 de septiembre de 1993, por la que se constituye el Programa de Vacunas de la Comunidad Autónoma de Canarias, junto a la Orden de 8 de octubre de 1993, que modifica la anterior, y la Orden de 17 de diciembre de 200,7 por la que se modifica el Calendario Vacunal de la Comunidad Autónoma de Canarias, configuran el marco normativo actual de la actividad vacunadora en Canarias.

El artículo 4 de la primera Orden citada, en su punto 2, determina que las enfermedades objeto de aplicación sistemática de vacunas, aparte de las referidas en el punto 1, serán aquellas que la Dirección General de Salud Pública determine en función de las diferentes circunstancias epidemiológicas y los recursos disponibles.

La aparición de nuevas vacunas frente a diferentes enfermedades junto a otras cada vez más inmunógenas y menos reactogénicas, y la modificación en el comportamiento epidemiológico de algunas enfermedades frente a las cuales en la actualidad se aplican vacunas, determina la necesidad de cambiar el Calendario Vacunal infantil vigente en nuestra Comunidad Autónoma.

En este sentido, la declaración de brotes de sarampión en nuestro país que ha afectado a población susceptible, entre la que se encuentra la población menor de 15 meses de edad, determina la necesidad de adelantar la primera dosis de la vacuna Triple Vírica a los doce meses de edad.

Asimismo, y con la intención de minimizar los efectos secundarios derivados de la aplicación de la vacuna DTPa a los 6 años, se cambia dicha vacuna por una de menor carga antigénica (dTpa) y menor reactogenicidad, a administrar en esa misma edad (6 años).

Por todo ello, a propuesta de la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud, y en virtud de las facultades que me han sido conferidas,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- El Programa de Vacunación Infantil de Canarias comprenderá la aplicación sistemática de vacunas contra las enfermedades que se relacionan en el artículo siguiente.

Artículo 2.- El Calendario Vacunal Infantil de la Comunidad Autónoma de Canarias constará de las siguientes aplicaciones y períodos:

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VPI - Vacuna de Polio Inactivada.

DTPa - Difteria, Tétanos, Pertusis acelular.

dTpa: - Difteria, Tétanos, Pertusis acelular de baja carga antigénica.

Hib - Enfermedad invasiva por Hemophilus influenzae serotipo b.

SaRuPa - Sarampión Rubéola Parotiditis.

HB - Hepatitis B.

*Hasta que la cohorte de primovacunados cumpla esa edad.

Td - Tétanos Difteria de Adultos (para 7 años y más).

Antime C - Antimeningitis C.

VPH - Vacuna frente al Virus del Papiloma Humano.

**Solo en niñas

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única.- Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido a la presente Orden y en particular la Orden de 17 de diciembre de 2007, por la que se establece el Programa de Vacunaciones y el Calendario Vacunal de la Comunidad Autónoma de Canarias.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Se faculta al Director General de Salud Pública para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación de la presente Orden.

Segunda.- La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de julio de 2011.

EL CONSEJERO

DE SANIDAD,

en funciones,

p.s., LA CONSEJERA DE EMPLEO,

INDUSTRIA Y COMERCIO,

en funciones (Decreto nº 82,

del Presidente, de 20.6.11),

María del Mar Julios Reyes.

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