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BOC Nº 142. Miércoles 20 de Julio de 2011 - 4078

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife

4078 EDICTO de 17 de mayo de 2011, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal nº 0001731/2009.

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BOC-A-2011-142-4078. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. David Carralero Núñez, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a 16 de mayo de 2011.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María Raquel Alejano Gómez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de Juicio verbal, nº 0001731/2009 seguido entre partes, de una como demandante Banco Santander, S.A., dirigido por el Letrado D. Manuel Gallego Águeda y representado por el Procurador Dña. Luisa María Navarro González de Rivera y de otra como demandada D. Domingo Yurda Vega, sobre Recl. de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Luisa María Navarro González de Rivera en nombre de Banco Santander, debo condenar y condeno al demandado D. Domingo Yurda Vega a que abone al actor la cantidad de 2.363,98 euros, más intereses devengados desde el día de cierre de la cuenta el 3 de agosto de 2007, hasta el definitivo pago de la totalidad de la deuda y con condena al pago de las costas.

Así por esta mi sentencia, frente a la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, mediante escrito presentado en este Juzgado en el que deberá citarse la resolución apelada manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan y que deberá ir suscrito por Letrado y Procurador, para ante la Audiencia Provincial de esta capital, haciéndole saber que de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ, según reforma operada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, deberá constituirse depósito por importe de 50 euros en la Cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Juzgado en Banesto, con el escrito de preparación del recurso de apelación, debiendo acreditarlo de forma fehaciente, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Domingo Yurda Vega, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 17 de mayo de 2011.- El/la Secretario Judicial.

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