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BOC Nº 134. Viernes 8 de Julio de 2011 - 3803

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

3803 Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 23 de junio de 2011, del Director, relativo a notificación a Sulay Fermac de requerimiento de 25 de mayo de 2011 de solicitud de documentación a los efectos de acogerse a las subvenciones previstas en el programa Promoción del empleo autónomo, regulado en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio.- Expte. 11-38/02883.

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BOC-A-2011-134-3803. Firma electrónica-Descargar

Habiendo sido intentada la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Sulay Fermac, del requerimiento de fecha de 25 de mayo de 2011, y número de registro 304736, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Asunto: requerimiento solicitud de subvención.

En relación con su solicitud de fecha 26 de mayo de 2011, registrada de entrada en estas dependencias el día 29 de abril de 2011, con el número de registro 457328, a los efectos de acogerse a las subvenciones previstas en el programa "Promoción del empleo autónomo", regulado en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo, se le requiere para que, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del siguiente al de recibo de esta notificación, presente ante el Servicio Canario de Empleo la siguiente documentación:

* Certificación expedida por el organismo competente acreditativa de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias estatales, toda vez que el certificado recabado por este Organismo indica "que en la base de datos de la AEAT no consta ningún contribuyente con el N.I.F. y los datos identificativos remitidos, por tanto no es posible suministrar la información solicitada acerca del mismo".

La subsanación de las deficiencias señaladas en los párrafos anteriores, dentro del plazo establecido, significa la admisión a trámite de su solicitud, si bien no presupone la aprobación de la subvención interesada.

Una vez transcurrido este plazo, sin que se hubiese cumplimentado este trámite, este Organismo, en aplicación de lo recogido en el artículo 71.1 de la Ley Estatal 30/1992, de 26 de noviembre (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP-PAC), le tendrá por desistido de su petición, previa resolución expresa que será dictada en los términos recogidos en el artículo 42 de la Ley citada.- Santa Cruz de Tenerife, a 25 de mayo de 2011, la Jefa de Sección de Promoción de la Economía Social I, Araceli García Santamaría".

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de junio de 2011.- El Director, Alberto Génova Galván.

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