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BOC Nº 133. Jueves 7 de Julio de 2011 - 3745

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

3745 ORDEN de 27 de junio de 2011, por la que se acuerda la aprobación inicial del Plan Territorial Especial de Grandes Equipamientos Comerciales, de la isla de La Gomera.

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BOC-A-2011-133-3745. Firma electrónica-Descargar

Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Comercio y Consumo, para la aprobación inicial del Plan Territorial Especial de Grandes Equipamientos Comerciales de la isla de La Gomera.

Vista la propuesta formulada por la Dirección General de Comercio y Consumo, de fecha 17 de junio de 2011.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º.- La Ley 12/2009, de 16 de diciembre, reguladora de la Licencia Comercial, encomienda en su Disposición Final Primera, a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en el plazo de un año, la aprobación de los Planes Territoriales Especiales de Grandes Equipamientos Comerciales de ámbito insular, a propuesta del Consejero competente en materia de comercio.

2º.- Por Orden del Consejero de Empleo, Industria y Comercio, número 222/2010, de fecha 22 de marzo de 2010, se inició de oficio la formulación del Plan Territorial Especial de Grandes Equipamientos Comerciales de la isla de La Gomera, se aprobó el documento de avance y se sometió al trámite de participación pública y de consulta a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas, publicadas las mismas, así como el respectivo anuncio, en el Boletín Oficial de Canarias nº 66, de 6 de abril de 2010.

3º.- Por Orden nº 893/2010, de fecha 22 de octubre de 2010, del Consejero de Empleo, Industria y Comercio, se crea la Comisión de Seguimiento para la aprobación del Plan Territorial Especial de Grandes Equipamientos Comerciales de la isla de La Gomera.

4º.- Por Orden nº 36/2011, de fecha 24 de enero de 2011, de la Consejera de Empleo, Industria y Comercio, se amplía el plazo para tramitar la aprobación definitiva de los Planes Territoriales Especiales de Grandes Equipamientos Comerciales de las islas de Tenerife, El Hierro, La Gomera, Lanzarote, La Palma, Fuerteventura y Gran Canaria.

5º.- Por la Comisión de Seguimiento para la aprobación del Plan Territorial Especial de Grandes Equipamientos Comerciales de la isla de La Gomera, en sesión ordinaria, celebrada el día 4 de abril de 2011, se acordó prestar conformidad al documento de avance e informe de sostenibilidad ambiental del Plan Territorial Especial de Grandes Equipamientos Comerciales de la isla de La Gomera y someter el expediente a la fase de aprobación inicial y elaboración del proyecto de memoria ambiental.

6º.- Por la Dirección General de Ordenación del Territorio, mediante Resolución de 27 de mayo de 2011, se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 19 de mayo de 2011, relativo a la Memoria Ambiental del Plan Territorial Especial de Grandes Equipamientos Comerciales, isla de La Gomera (BOC nº 113, de 9.6.11).

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El ejercicio de competencia en materia de comercio interior corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, del Estatuto de Autonomía de Canarias (modificada por la Ley Orgánica 4/1996, de 30 de diciembre).

Segunda.- De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Territoriales 185/2010, de 23 de octubre, del Presidente, por el que se determina el número, denominación y competencia de las Consejerías (BOC nº 210, de 25.10.10), 147/2010, de 25 de octubre, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias y 405/2007, de 14 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio (BOC nº 249, de 14.12.07), modificado por el Decreto Territorial 77/2011, de 24 de marzo (BOC nº 67, de 1.4.11), corresponde a la Consejera de Empleo, Industria y Comercio la propuesta y ejecución de las directrices del Gobierno de Canarias y de la gestión de los servicios y competencias, entre otras áreas materiales, la de política comercial, con competencia para la formulación, tramitación y aprobación inicial del Plan Territorial Especial de Grandes Equipamientos Comerciales, de la isla de La Gomera.

Tercera.- El Decreto 55/2006, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, en su artículo 29, establece que ultimada la redacción del documento y emitidos los informes técnicos y jurídicos correspondientes, se someterá el instrumento de ordenación a la aprobación inicial del órgano competente.

En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Acordar la aprobación inicial del Plan Territorial Especial de Grandes Equipamientos Comerciales, de la isla de La Gomera.

Segundo.- Someter el expediente administrativo, el documento de aprobación inicial y el estudio ambiental, a los trámites de información pública, consulta a las Administraciones Públicas y audiencia a los interesados por plazo común de 45 días, al objeto de que cualquier persona física o jurídica, individual o colectivamente, pueda presentar por escrito alegaciones al instrumento de ordenación, a las Administraciones Públicas, que por razón de la materia o del territorio, puedan resultar afectadas en el ejercicio de sus competencias y en los supuestos en que la legislación sectorial así lo disponga, y, en todo caso, al Cabildo Insular de La Gomera y a los Ayuntamientos de esa isla, a fin de que puedan exponer, de manera suficiente y motivada, las exigencias que resulten de los intereses públicos cuya gestión les esté legalmente encomendada y aquellos interesados a efectos de que puedan examinar la documentación y presentar alegaciones.

Tercero.- No suspender en la isla de La Gomera, la tramitación y el otorgamiento de licencias comerciales de grandes equipamientos comerciales y centros comerciales, al ser de aplicación el régimen establecido en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley Territorial 12/2009, de 16 de abril.

Cuarto.- A los efectos de publicación de anuncios, se estará a lo previsto en el artículo 10 del Decreto 55/2006, de 9 de mayo.

Quinto.- Encomendar al Servicio de Planificación Comercial, de la Dirección General de Comercio y Consumo, la instrucción e impulso del correspondiente expediente administrativo, que podrá consultarse en las oficinas del Plan de Medianías de La Gomera, sitas en calle Profesor Armas Fernández, nº 29, San Sebastián de La Gomera, en horario de 9,00 a 13,00 horas, en días hábiles.

Sexto.- Los requisitos de exposición al público y garantías de autenticidad e integridad, habrán de realizarse en la forma prevista en los artículos 31 y 32 del Decreto 55/2006, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias.

Séptimo.- Dentro del trámite de consulta e informe, previsto en el artículo 33 del Decreto 55/2006, de 9 de mayo, habrá de consultarse a las siguientes Administraciones Públicas:

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO.

Ministerio Medio Ambiente. Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

Ministerio Medio Ambiente. Dirección General de Costas.

Ministerio de Fomento.

Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (Secretaría de Estado de Comercio).

Ministerio de Defensa (si afecta a bienes o intereses de su titularidad).

Otros Ministerios afectados en razón de la actividad.

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS.

Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Viceconsejería de Turismo.

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente.

Otras Consejerías afectadas por razón de la actividad.

ADMINISTRACIÓN INSULAR Y MUNICIPAL.

Cabildo Insular de La Gomera.

FECAM.

Ayuntamientos de la isla de La Gomera.

Octavo.- Dentro del trámite de audiencia a los interesados, establecido en el artículo 33 del Decreto 55/2006, de 9 de mayo, habrá de consultarse a los siguientes interesados:

Ben Magec-Ecologistas en Acción.

WWF/Adena .

Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza ATAN.

Contra la presente Orden no cabe interponer recurso alguno al tratarse de un acto de trámite, no susceptible de impugnación autónoma (artº. 29.4 del Decreto 55/2006, de 9 de mayo).

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de junio de 2011.

LA CONSEJERA DE EMPLEO,

INDUSTRIA Y COMERCIO,

en funciones,

María del Mar Julios Reyes.

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