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BOC Nº 131. Martes 5 de Julio de 2011 - 3692

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Presidencia del Gobierno

3692 Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 16 de junio de 2011, sobre notificación de Resolución relativa al cese definitivo de la actividad de intermediación turística como agencia de viajes, a titular de empresa de actividades turísticas de ignorado paradero.

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BOC-A-2011-131-3692. Firma electrónica-Descargar

No habiéndose podido practicar a D. Augusto César Hernández Miranda, la notificación de la Resolución nº 613/2011, inscrita en el Libro de Resoluciones de la Dirección General de fecha 3 de mayo de 2011, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a D. Augusto César Hernández Miranda, Administrador único de la entidad mercantil "Viajes Morrocoy, S.L.", titular de la Agencia de Viajes con nombre comercial Viajes Morrocoy, la siguiente Resolución de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, inscrita en el Libro de Resoluciones con fecha 3 de mayo de 2011 y número 613:

"Resolución de fecha 2 de mayo de 2011, de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, relativa al cese definitivo de la actividad de intermediación turística como agencia de viajes de la entidad mercantil "Viajes Morrocoy, S.L.", en la Avenida de Canarias, nº 451, local bajo derecha, 35110-Vecindario (Santa Lucía-Gran Canaria).

Resultando que con fecha 25 de noviembre de 2008, se dictó Resolución de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, número 1630, por la que se concede título-licencia de agencia de viajes a "Viajes Morrocoy, S.L.", C.I.F. B76004019, código identificativo I.C. 593, del grupo minorista, con nombre comercial Viajes Morrocoy, y oficina principal en la Avenida de Canarias, nº 451, local bajo derecha, 35110-Vecindario (Santa Lucía-Gran Canaria).

Resultando, que con motivo de la entrada en vigor de la Orden de 30 de septiembre de 2010, que desarrolla el artículo 6 del Decreto 89/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad de intermediación turística, se asignó a la referida agencia de viajes, nuevo código de identificación, siendo este el I-AV-0000593.1.

Resultando que según informe del Servicio de Inspección y Sanciones de fecha 3 de agosto de 2010, se ha constatado que la mencionada agencia de viajes ha cesado definitivamente en el ejercicio de la actividad turística de intermediación en la dirección anteriormente indicada, comprobado que en el local en que se encontraba la Agencia de Viajes Morrocoy, actualmente existe un comercio que se denomina Mercería, Artes Decorativas Mavi&Pachwork. Manifiesta la titular del negocio que viene ejerciendo su actividad en este local desde el pasado mes de febrero de 2010, teniendo conocimiento que la referida agencia de viajes cerró definitivamente a finales de diciembre de 2009.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Visto el artículo 12 del Decreto 89/2010, de 22 de julio, referente al cese definitivo del ejercicio de las actividades de intermediación turística, y la Disposición Adicional Segunda del indicado Decreto, al establecer que las agencias de viajes autorizadas a la fecha de entrada en vigor del Decreto quedarán englobadas dentro del concepto de agencias de viajes cualquiera que sea el grupo en el que se encontraba, procede tener por acreditado el indicado cese definitivo.

R E S U E L V O:

Tener por constatado el cese definitivo en el ejercicio de la actividad de intermediación turística como agencia de viajes, habiendo cerrado sus dependencias en la dirección anteriormente indicada, a Viajes Morrocoy, S.L., C.I.F. B76004019, nombre comercial Viajes Morrocoy, anulándose el código de identificación I-AV-0000593.1 que tenía asignado.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Turismo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, Rita Enma Hernández Callero."

2.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al Ayuntamiento de Santa Lucía (Gran Canaria), para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de junio de 2011.-La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, Rita Enma Hernández Callero.

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