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BOC Nº 129. Viernes 1 de Julio de 2011 - 3648

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas y Transportes

3648 ORDEN de 16 de junio de 2011, por la que se suspende el plazo máximo de tramitación del procedimiento del Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructura Viaria: Nuevo acceso a Telde desde la GC-3 y su prolongación hacia el sur, con motivo de someter el documento previo a la aprobación inicial al trámite de consulta preceptiva.

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BOC-A-2011-129-3648. Firma electrónica-Descargar

Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Infraestructura Viaria relativo al asunto arriba indicado, se han constatado los siguientes

HECHOS

1º.- En virtud de Orden de 8 de mayo de 2009 del Consejero de Obras Públicas y Transportes se da inicio al procedimiento de aprobación del Plan Territorial Especial de Ordenación e Infraestructura Viaria: Nuevo acceso a Telde desde la GC-3 y su prolongación hacia el sur, encomendando al Área de Carreteras de la Dirección General de Infraestructura Viaria, la instrucción e impulso de los procedimientos de aprobación del citado Plan Territorial Especial.

2º.- Con fecha 22 de diciembre de 2009 se publica en el Boletín Oficial de Canarias nº 249, el anuncio de 10 de diciembre de 2009, por el que se somete al trámite de participación pública el Avance del Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructura Viaria: Nuevo Acceso a Telde desde la GC-3 y su Prolongación hacia el Sur, incluido el Informe de Sostenibilidad Ambiental.

3º.- El 17 de febrero de 2010, es insertado en el Boletín Oficial de Canarias nº 32, el anuncio por el que se hace pública la Resolución de 4 de febrero de 2010 del Director General de Infraestructura Viaria relativa a la Orden de 26 de enero de 2010, que amplía el plazo del trámite de participación pública del Avance del Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructura Viaria: Nuevo Acceso a Telde desde la GC-3 y su prolongación hacia el sur, incluido el Informe de Sostenibilidad Ambiental desde el 20 de febrero de 2010 hasta el 3 de marzo inclusive.

4º.- Como resultado del período de tramitación de la participación pública al que estuvo sometido el Avance del PTE del Nuevo Acceso a Telde junto con su Informe de Sostenibilidad Ambiental, se recibieron, hasta la fecha de cierre del presente Informe, un total de 714 sugerencias de particulares remitidas dentro de plazo y 40 sugerencias remitidas fuera de plazo.

5º.- En cumplimiento del trámite de Consulta Interadministrativa, el documento del Avance del PTE del Nuevo Acceso a Telde desde la GC-3 y su prolongación hacia el sur con su Informe de Sostenibilidad Ambiental, fue remitido a las distintas Administraciones Públicas cuyas competencias pudieran resultar afectadas; así como a Administraciones Públicas y Asociaciones, recogidas en el Documento de Referencia para la elaboración del Informe de Sostenibilidad Ambiental de aplicación para el presente Plan, así como a los Miembros de la Comisión de Seguimiento.

La citada documentación se trasladó junto con la solicitud de informe con el fin de que en el plazo de dos meses, a contar desde la recepción de la misma, las Administraciones consultadas, emitieran el correspondiente informe para su consideración y valoración, por parte de la Administración promotora del Plan.

6º.- Con fecha 26 de febrero de 2010, se recibe en las dependencias de este Departamento oficio trasladado por el Servicio de Obras Públicas e Infraestructuras de la Consejería de Desarrollo Económico, Obras Públicas e Infraestructuras y Transportes del Excmo. Cabildo de Gran Canaria en solicitud de documentación complementaria y ampliación de plazo; petición esta que por las razones expuestas en el oficio dirigido por el titular de la Dirección General de Infraestructura Viaria, se resuelve no admitir.

Durante el trámite de Consulta Interadministrativa y hasta la fecha de emisión del presente informe, del total de 30 organismos consultados, sólo han emitido informe 10 de ellos.

7º.- El 5 de mayo de 2010, se celebra la 3ª Comisión de Seguimiento del Plan que tuvo por finalidad la exposición a los Miembros que la conforman, de lo acontecido durante los trámites de participación pública y consulta del Avance e Informe de Sostenibilidad Ambiental, así como la valoración de las respuestas recibidas y las modificaciones que de ellas se han derivado, junto a la exposición de los objetivos, criterios y parámetros conforme a los cuales deberá elaborarse el documento de aprobación inicial.

8º.- El 7 de junio de 2010, tiene entrada en el registro de la Consejería de Obras Públicas y Transportes del Gobierno de Canarias, registrada con el nº 5033, la Memoria Ambiental del Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructura Viaria: Nuevo Acceso a Telde desde la GC-3 y su Prolongación hacia el Sur y de la Documentación Complementaria que la acompaña, para su tramitación administrativa, a fin de ser remitida posteriormente a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC) para efectuar en el plazo de dos meses, la aprobación de la Memoria Ambiental, con las modificaciones que estimase oportunas y la realización del informe vinculado con la cooperación interadministrativa.

9º.- Tras los trámites correspondientes, en virtud de Orden de 11 de junio de 2010 del Consejero de Obras Públicas y Transportes, se acordó asumir la Propuesta Ambiental del Plan Territorial Especial y la Documentación Complementaria, ordenando su traslado a la Consejería competente para la emisión del preceptivo informe.

10º.- El 11 de junio de 2010, tienen entrada en el Registro de la Consejería de Obras Públicas y Transportes del Gobierno de Canarias, los informes sectoriales emitidos por los distintos Servicios del Cabildo, con respecto a la solicitud efectuada por la Dirección General de Infraestructura Viaria del Gobierno de Canarias, en su escrito con registro de entrada en Cabildo de 22 de diciembre de 2009, a los efectos de que por la citada Institución Insular se formularan las sugerencias y observaciones que se estimaran oportunas con respecto al Documento de Avance e Informe de Sostenibilidad Ambiental del Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructura Viaria: Nuevo Acceso a Telde desde la GC-3 y su prolongación hacia el sur.

11º.- A la vista del Informe del Cabildo de Gran Canaria, si bien fue remitido fuera de plazo, se procede a la elaboración de una Addenda a la Propuesta de Memoria Ambiental elaborada con objeto de considerar y valorar lo expuesto y sugerido en dicho informe.

12º.- En virtud de Orden de fecha 8 de julio de 2010, se procede a aprobar la Propuesta de la Addenda del citado Plan Territorial Especial, y por escritos de fecha 16 de julio de 2010, se traslada a la COTMAC, la Propuesta de Memoria Ambiental del Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructura Viaria: Nuevo Acceso a Telde desde la GC-3 y su Prolongación hacia el Sur, junto con su Addenda y la Documentación Complementaria que acompañaban a ambas.

13º.- Tras diversas reuniones y conversaciones mantenidas con los Técnicos de GESPLAN y miembros de la Viceconsejería de Ordenación Territorial, se consideró la necesidad de confeccionar una documentación complementaria y aclaratoria, subsanando algunas deficiencias apreciadas en la Propuesta de Memoria Ambiental del Plan y su Addenda.

14º.- Teniendo conocimiento de que en el Orden del Día de la Ponencia Técnica Oriental de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC) a celebrar el día 19 de octubre de 2010, figuraba incluido el "Informe Memoria Ambiental del Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructura Viaria: Nuevo Acceso a Telde desde la GC-3 y su prolongación hacia el sur", se solicitó el desistimiento del trámite de aprobación de la Memoria Ambiental del Plan en ese momento, hasta que volviera a remitirse nueva documentación subsanando los defectos observados, para poder ser aprobada por la COTMAC.

15º.- Con fecha 23 de marzo de 2011, es insertado en el Boletín Oficial de Canarias nº 60, el anuncio de la Resolución de 11 de marzo de 2011, de la Dirección General de Ordenación del Territorio por la que se hace público el Dispositivo Primero del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 25 de febrero de 2011, relativo a la aprobación condicionada de la Memoria Ambiental del Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructura Viaria: Nuevo Acceso a Telde desde la GC-3 y su prolongación hacia el sur.

16º.- El 24 de marzo de 2011, se publica en el Boletín Oficial de Canarias nº 61, la Orden de 10 de marzo de 2011 del Consejero de Obras Públicas y Transportes, sobre declaración de caducidad y reproducción de la iniciativa del Procedimiento del Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructura Viaria: Nuevo Acceso a Telde desde la GC-3 y su Prolongación hacia el Sur, por el plazo establecido legalmente, conservando la totalidad de los trámites realizados hasta el momento en el referido expediente administrativo.

17º.- En el Boletín Oficial de Canarias nº 96, de fecha 16 de mayo de 2011, se publica la Resolución de 2 de mayo de 2011, de la Dirección General de Ordenación del Territorio que aclara el contenido del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 25 de febrero de 2011, relativo a la aprobación de la Memoria Ambiental e informe del artículo 27 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, del Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructura Viaria: nuevo acceso a Telde desde la GC-3 y su prolongación hacia el sur.- Expediente 2009/1006.

18º.- El 6 de junio de 2011, tiene entrada en la Consejería de Obras Públicas y Transportes el Documento Previo a la Aprobación Inicial del Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructura Viaria: Nuevo Acceso a Telde y su prolongación que incorpora aquellas modificaciones, correcciones y mejoras derivadas de la fase de participación pública y consulta del Avance e Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) y las modificaciones al ISA y al resto de documentos que integran el Plan, derivadas del dictamen de la COTMAC para la aprobación condicionada de la Memoria Ambiental.

19º.- Con fecha 7 de junio de 2011, el Jefe de Proyectos emitió informe técnico en el que se afirma que a la vista de la documentación aportada, se verifica que el Documento Previo a la Aprobación Inicial del Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructura Viaria: Nuevo Acceso a Telde desde la GC-3 y su prolongación hacia el sur que debe ser sometido a consulta preceptiva, cumple con el marco normativo vigente referido a los aspectos técnicos del documento, habiendo prestado su conformidad el titular de la Jefatura del Área de Carreteras al informe emitido.

20º.- Con fecha 9 de junio de 2011, se ha realizado la correspondiente solicitud de informe preceptivo a las administraciones sectoriales con competencia en la materia en relación con el Documento Previo a la Aprobación Inicial del Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructura Viaria: Nuevo Acceso a Telde desde la GC-3 y su prolongación hacia el sur, teniendo entrada el 10 siguiente, en el Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria y en la Demarcación de Costas en Las Palmas de Gran Canaria; y el 13 de junio, en el Ministerio de Fomento y en el Ministerio de Defensa, respectivamente.

A la vista de lo que antecede, debe suspenderse el plazo máximo de tramitación del Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructura Viaria: Nuevo Acceso a Telde desde la GC-3 y su prolongación hacia el sur desde que ha tenido entrada en las distintas administraciones sectoriales con competencia en la materia, la solicitud de informe preceptivo en relación con el Documento Previo a la Aprobación Inicial del referido Plan Territorial Especial, hasta el plazo fijado legalmente para su adopción y notificación.

A los citados antecedentes, resultan de aplicación, las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

I.- El artículo 5.6 del Decreto 8/2010, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, determina, entre las funciones y atribuciones de carácter general que corresponden al titular del departamento, la adopción de los actos administrativos que correspondan a la Consejería de Obras Públicas y Transportes en los procedimientos de aprobación de los instrumentos de ordenación territorial previstos en el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, que sean de tramitación preceptiva para la ejecución de actuaciones en las materias propias del ámbito competencial de la Consejería.

II.- El artículo 14.A).c) del Reglamento Orgánico anteriormente citado, establece entre las funciones que corresponde al titular de la Viceconsejería, proponer al Consejero la aprobación de los actos que correspondan a la Consejería en los procedimientos de aprobación de los instrumentos de ordenación territorial previstos en el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, que sean de tramitación preceptiva para la ejecución de actuaciones en materia de carreteras.

III.- De conformidad con lo determinado en el artículo 11.1 de la Ley 6/2009, de 6 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo, el plazo de tramitación quedará suspendido cuando deban solicitarse informes preceptivos durante el plazo fijado legalmente para su adopción y notificación.

IV.- El plazo de suspensión, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4 del Decreto 55/2006, de 9 de mayo, modificado por el Decreto 30/2007, de 5 de febrero (BOC nº 34, de 15 de febrero) comienza a contarse a partir de la recepción fehaciente por el organismo consultado de la solicitud de informe girada.

V.- La Ley 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias, en su artículo 16.2 preceptúa que "En la tramitación de cualquier figura de planeamiento urbanístico, o de sus modificaciones o revisiones, que afecten a carreteras regionales e insulares, así como a las determinaciones del plan regional o de los planes insulares, el órgano competente para otorgar su aprobación inicial deberá notificar preceptivamente, con anterioridad a dicha aprobación, el contenido del planeamiento previsto a la consejería competente en materia de carreteras del Gobierno de Canarias, así como al respectivo Cabildo Insular, disponiendo estos del plazo de dos meses para devolver informe sobre los aspectos que estimen convenientes.

VI.- De igual modo, la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, en su artículo 117.1 establece que "En la tramitación de todo planeamiento territorial y urbanístico que ordene el litoral, el órgano competente, para su aprobación inicial, deberá enviar, con anterioridad a dicha aprobación, el contenido del proyecto correspondiente a la Administración del Estado para que esta emita, en el plazo de un mes, informe comprensivo de las sugerencias y observaciones que estime convenientes".

VII.- La Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre Ordenación de los Aeropuertos de Interés General y su Zona de Servicio, determina que "Las Administraciones públicas competentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo remitirán al Ministerio de Fomento, antes de su aprobación inicial o trámite equivalente, los proyectos de planes o instrumentos generales de ordenación urbanística o territorial, o los de su revisión o modificación, que afecten a la zona de servicio de un aeropuerto de interés general o a sus espacios circundantes sujetos a las servidumbres aeronáuticas establecidas o a establecer en virtud de la Ley de Navegación Aérea, al objeto de que aquel informe sobre la calificación de la zona de servicio aeroportuaria como sistema general y sobre el espacio territorial afectado por las servidumbres y los usos que se pretenden asignar a este espacio.

VIII.- La Disposición Adicional Segunda del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo, establece que "Los instrumentos de ordenación territorial y urbanística, cualquiera que sea su clase y denominación, que incidan sobre terrenos, edificaciones e instalaciones, incluidas sus zonas de protección, afectos a la Defensa Nacional deberán ser sometidos, respecto de esta incidencia, a informe vinculante de la Administración General del Estado con carácter previo a su aprobación.

IX.- La reanudación y suspensión de los plazos de tramitación de un Plan Territorial ha de ser acordada y notificada al público interesado (STSJ de Madrid, de 24 de enero de 2000) (Az 120652).

Vistos los preceptos citados, concordantes y demás de general y pertinente aplicación, en su virtud y en uso de las facultades conferidas por las disposiciones vigentes y a la vista de la Propuesta que me eleva el Viceconsejero de Infraestructuras y Planificación,

R E S U E L V O:

Primero.- Suspender el plazo máximo de tramitación del procedimiento del Plan Territorial Especial del corredor litoral: variante de la GC-1-circunvalación del Parque Aeroportuario y accesos al Aeropuerto (PTE-13), cuya iniciativa se reprodujo en virtud de Orden del titular del Departamento de fecha 10 de marzo de 2011, desde que haya tenido entrada en las distintas administraciones sectoriales con competencia en la materia, la solicitud de informe preceptivo en relación con el Documento Previo a la Aprobación Inicial del referido Plan Territorial Especial, durante el plazo fijado legalmente para su adopción y notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 6/2009, de 6 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo.

Segundo.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la presente Orden sirviendo de notificación a todas las personas interesadas en el procedimiento.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de junio de 2011.

EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS

Y TRANSPORTES,

en funciones,

Juan Ramón Hernández Gómez.

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