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BOC Nº 122. Miércoles 22 de Junio de 2011 - 3465

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

3465 Dirección General de Trabajo.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 8 de junio de 2011, relativa a la sanción impuesta a Coediur, S.L. por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales.

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BOC-A-2011-122-3465. Firma electrónica-Descargar

Considerando que en el artículo 40.2 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE nº 189, de 8 de agosto), se dispone, después de determinar las cuantías sancionadoras, que "Las sanciones impuestas por infracciones muy graves, una vez firmes, se harán públicas en la forma que se determine reglamentariamente".

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales (BOE nº 108, de 5.5.07), que contiene las formalidades necesarias para la publicación de las referidas sanciones.

Resultando que en el procedimiento sancionador CPH-22/08 la sanción impuesta a Coediur, S.L., mediante Orden nº 667 de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio de fecha 11 de septiembre de 2008, ha adquirido firmeza.

Vistas las disposiciones citadas, y demás que resulten de aplicación,

R E S U E L V O:

Único.- Ordenar que se haga pública en el Boletín Oficial de Canarias la siguiente sanción:

- Nombre o razón social de la empresa sancionada: Coediur, S.L.

- Sector de actividad a que se dedica: Construcción de edificios.

- Número de Documento Nacional de Identidad de las personas físicas o Código de Identificación Fiscal de las personas jurídicas: B35216928.

- Domicilio social: calle Secretario Padilla, 82, 3º (35010-Las Palmas de Gran Canaria).

- Infracción cometida: artículo 13.10 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social "No adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores".

- Sanción impuesta: 50.000,00 euros.

- Fecha de extensión del Acta de Infracción: 30 de abril de 2008.

- Fecha en la que la sanción adquiere firmeza: 19 de mayo de 2011.

Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de junio de 2011.- La Directora General de Trabajo, Sinesia María Medina Ramos.

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