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BOC-A-2011-109-3032.
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En virtud de lo acordado en los autos de referencia y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 156 en relación con el 164 de la L.E.C., se emplaza a la entidad Jacknel Land Development Corp. Ltd., a fin de que en el plazo de veinte días hábiles conteste a la demanda, apercibiéndole que si no comparece dentro de dicho plazo, se le declarará en situación de rebeldía procesal, y se le advierte que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado. La copia de la demanda y documentos está a su disposición en la Secretaría del Juzgado.
En Telde, a 13 de mayo de 2011.- El/la Secretario Judicial.
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