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BOC-A-2011-103-2851.
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El artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que los órganos administrativos concedentes publicarán en el diario oficial correspondiente, y en los términos que se fijen reglamentariamente, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención.
El artículo 11 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que la publicación de las subvenciones concedidas se realizarán durante el mes siguiente a la finalización de cada trimestre natural en Boletín Oficial de Canarias, y en ella se incluirán todas las concedidas durante ese período, cualquiera que sea el procedimiento de concesión y la forma de instrumentación, salvo aquellas cuya publicación estuviera excluida por la Ley.
En cumplimiento de tales preceptos, se relacionan a continuación las subvenciones directas concedidas por el Instituto Canario de Igualdad durante el primer trimestre del año 2011.
En virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Hacer públicas en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de dichas normas, las subvenciones directas concedidas por el Instituto Canario de Igualdad durante el primer trimestre del año 2011.
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de mayo de 2011.- La Directora, Isabel de Luis Lorenzo.
Ver anexo en las páginas 12858-12859 del documento Descargar
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