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BOC Nº 100. Viernes 20 de Mayo de 2011 - 2722

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente

2722 Viceconsejería de Pesca.- Anuncio de 27 de abril de 2011, por el que se da publicidad a la Resolución provisional de 26 de abril de 2011, que resuelve la convocatoria pública prevista en la Orden de 23 de julio de 2010, que convocó subvenciones cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Pesca, destinadas a inversiones productivas en acuicultura.

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Examinadas las solicitudes de subvención presentadas al amparo de la Orden de 23 de julio de 2010 (BOC nº 149, de 30.7.10), por la que se convocaron subvenciones cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de la Pesca (FEP), destinadas a inversiones productivas en acuicultura, establecidas en la Sección 6ª del Capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa Operativo de Intervención Comunitaria del Fondo Europeo de Pesca de España, para el período de programación 2007-2013, aprobadas por Orden de 21 de junio de 2010 y en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- De acuerdo con lo previsto en la Orden de 23 de julio de 2010 (BOC nº 149, de 30.7.10), se convocaron subvenciones cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de la Pesca (FEP), destinadas a inversiones productivas en acuicultura, establecidas en la Sección 6ª del Capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa Operativo de Intervención Comunitaria del Fondo Europeo de Pesca de España, para el período de programación 2007-2013, aprobadas por Orden de 21 de junio de 2010.

Dentro del plazo establecido en las bases de la convocatoria se presentaron 14 solicitudes que relacionamos en el anexo I de este informe.

Segundo.- Tras las modificaciones presupuestarias que se han realizado debido, por un lado, a la reestructuración departamental del Gobierno de Canarias, y por otro al incremento de la dotación presupuestaria inicial de la convocatoria, los créditos finalmente destinados a esta convocatoria de subvenciones ascienden a cinco millones (5.000.000,00) de euros con cargo a la Aplicación Presupuestaria 13.09.415B.770.00, PILA 08.7138.03 denominada "F.E.P. Acuicultura" para la anualidad 2011.

Tercero.- Mediante anuncio de la Viceconsejería de Pesca, de 17 de septiembre de 2010 (BOC nº 189, de 24.9.10), corregido por anuncio de 4 de octubre de 2010 (BOC nº 200, de 8.10.10), se procedió al requerimiento de documentación de la que adolecían los expedientes presentados, para que en el plazo de diez (10) días, los peticionarios subsanaran y completasen los documentos y datos correspondientes a los mismos, advirtiéndoseles de que si así no lo hicieran se les tendrían por desistidos de su petición, de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, previa resolución dictada al efecto en los términos previstos en el artículo 42 de la referida Ley.

Finalizado el plazo de subsanación de documentación se procedió al estudio de la documentación indicándose en el anexo III de esta resolución los expedientes archivados, por desistimiento de su solicitud, habiendo sido dictada la resolución en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto.- Del estudio de las solicitudes presentadas se han constatado los siguientes extremos:

I.- Yaizatún, S.A. (Referencia 22708).

La entidad Yaizatún, S.A. presentó el día 27 de agosto de 2010, en la Dirección Insular de la AGE, en Lanzarote, una solicitud de subvención para la convocatoria de inversiones productivas en acuicultura por importe de 1.999.222,50 euros. La inversión propuesta consistía en la adquisición de diverso material y equipamiento (redes, rotores, jaulas, alevines, embarcaciones), necesario para su industria de Arrecife de Lanzarote, por importe de 2.665.630,00 euros.

Inversión propuesta y coste elegible determinado:

Ver anexo en la página 12316 del documento Descargar

Tras el estudio de la inversión propuesta se concluyó que existían valores de distintos elementos que no se ajustaban a los valores de mercado razón por la cual el coste elegible de los mismos (las jaulas y los distintos tipos de redes) se disminuyó en consecuencia, con tal motivo el coste elegible a efectos de justificación y cálculo de la subvención, ajustado a los valores de mercado, se determinó en dos millones noventa y siete mil quinientos ochenta (2.097.580,00) euros, siendo el porcentaje de subvención del 66%, la subvención propuesta asciende a un millón trescientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos dos euros con ochenta céntimos (1.384.402,80 euros).

II.- Cabo Pez, S.L.

La entidad mercantil Cabo Pez, S.L. presentó en la oficina de la Administración Tributaria Canaria de Tenerife Sur, con fecha 30 de agosto de 2010, una solicitud de subvención por importe de doscientos cuarenta y siete mil novecientos setenta euros con setenta y siete céntimos (247.970,77 euros), para un proyecto de inversión que asciende a la cantidad de trescientos treinta mil seiscientos veintisiete (330.627,00) euros, que se llevará a cabo en el término municipal de Arona, provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Inversión propuesta y coste elegible determinado:

Ver anexo en la página 12317 del documento Descargar

El importe total del coste elegible determinado asciende a trescientos siete mil ciento cincuenta y dos euros con dieciséis céntimos (307.152,16 euros). Si aplicamos el importe de subvención 66%, la subvención asciende a doscientos dos mil setecientos veinte euros con cuarenta y tres céntimos (202.720,43 euros).

III.- Acuipalma, S.L. (Referencia: 22704).

La entidad mercantil Acuipalma, S.L. presentó en la oficina de la Administración Tributaria Canaria de Tenerife Sur con fecha 30 de agosto de 2010, una solicitud de subvención por importe de seiscientos setenta y cinco mil ochocientos noventa y siete euros con veintiún céntimos (675.897,21 euros) para un proyecto de inversión que asciende a la cantidad de novecientos un mil ciento noventa y seis euros con veintisiete céntimos (901.196,27 euros), que se llevará a cabo en el término municipal de Tazacorte/Tijarafe, provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Inversión propuesta y coste elegible determinado:

Ver anexo en las páginas 12318-12319 del documento Descargar

El coste elegible a efectos de justificación y cálculo de la subvención asciende a la cantidad de ochocientos noventa mil seiscientos veintiocho euros con cincuenta y seis céntimos (890.628,56 euros). Si a esta cantidad le aplicamos el porcentaje de subvención, 66%, el importe de la misma asciende a quinientos ochenta y siete mil ochocientos catorce euros con ochenta y cinco céntimos (587.814,85 euros).

IV.- Socat Canarias, S.L. (Referencia: 22710).

La entidad mercantil Socat Canarias, S.L. presentó en la oficina de la Administración Tributaria de Tenerife Sur una solicitud de subvención por importe de ciento cuarenta y dos mil ochocientos veintidós euros con veintiséis céntimos (142.822,26 euros), para un proyecto de inversión que asciende a ciento noventa mil cuatrocientos veintinueve euros con sesenta y ocho céntimos (190.429,68 euros) que se llevará a cabo en el término municipal de Arona, provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Inversión propuesta y coste elegible determinado:

Ver anexo en la página 12320 del documento Descargar

El coste elegible determinado a efectos de justificación y cálculo de la subvención asciende a la cantidad de ciento noventa mil cuatrocientos veintinueve euros con sesenta y ocho céntimos (190.429,68 euros). Si a esta cantidad le aplicamos el porcentaje de subvención, 66%, el importe de la misma asciende a ciento veinticinco mil seiscientos ochenta y tres euros con cincuenta y nueve céntimos (125.683,59 euros).

V.- Industrias Acuícolas de Canarias, S.L. (INAC) (Referencia: 22709).

La entidad mercantil Industrias Acuícolas de Canarias, S.L., en adelante INAC, S.L., presentó en la oficina de la Administración Tributaria de Tenerife Sur una solicitud de subvención de ciento treinta y siete mil ochocientos cincuenta y nueve euros con noventa y seis céntimos (137.859,96 euros), para un proyecto de inversión por importe de ciento ochenta y tres mil ochocientos trece euros con veintiocho céntimos (183.813,28 euros), que se llevará a cabo en el término municipal de Arona, provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Inversión propuesta y coste elegible determinado:

Ver anexo en la página 12321 del documento Descargar

El coste elegible determinado a efectos de justificación y cálculo de la subvención asciende a la cantidad de ciento ochenta y tres mil ochocientos trece euros con veintiocho céntimos (183.813,28 euros). Si a esta cantidad le aplicamos el porcentaje de subvención, 66%, el importe de la misma asciende a ciento veintiún mil trescientos dieciséis euros con setenta y seis céntimos (121.316,76 euros).

VI.- Alevines y Doradas, S.A. (Referencia 22702).

La entidad mercantil Alevines y Doradas, S.A. presentó en la oficina de la Administración Tributaria Canaria de Tenerife Sur con fecha 30 de agosto de 2010, una solicitud de subvención por importe de dos millones novecientos treinta y cinco mil trescientos cinco euros con cuarenta y cinco céntimos (2.935.305,45 euros) para un proyecto de inversión que asciende a la cantidad de tres millones novecientos trece mil setecientos cuarenta euros con sesenta céntimos (3.913.740,60 euros) que se llevará a cabo en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, provincia de Las Palmas.

Inversión propuesta y coste elegible determinado:

Ver anexo en las páginas 12322-12325 del documento Descargar

El coste elegible a efectos de justificación y cálculo de la subvención asciende a la cantidad de dos millones novecientos cuarenta y cinco mil ciento setenta y cuatro euros con veinte céntimos (2.945.174,20 euros). Si a esta cantidad le aplicamos el porcentaje de subvención, 66%, el importe de la misma asciende a un millón novecientos cuarenta y tres mil ochocientos catorce euros con noventa y siete céntimos (1.943.814,97 euros).

VII.- Cultivos Marinos Teide, S.L. (Referencia 22699).

La entidad mercantil Cultivos Marinos Teide, S.L. presentó en la oficina de la Administración Tributaria de Tenerife Sur una solicitud de subvención por importe de doscientos veinticinco mil doscientos setenta y ocho euros con setenta y seis céntimos (225.278,76 euros), para un proyecto de inversión que asciende a trescientos mil trescientos setenta y un euros con sesenta ocho céntimos (300.371,68 euros) que se llevará a cabo en el término municipal de Arona, provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Inversión propuesta y coste elegible determinado:

Ver anexo en las páginas 12325-12326 del documento Descargar

El coste elegible a efectos de justificación y cálculo de la subvención asciende a la cantidad de trescientos mil trescientos setenta y un euros con sesenta y ocho céntimos (300.371,68 euros). Si a esta cantidad le aplicamos el porcentaje de subvención, 66%, el importe de la misma asciende a ciento noventa y ocho mil doscientos cuarenta y cinco euros con treinta céntimos (198.245,30 euros).

VIII.- Canarias de Explotaciones Marinas, S.L. (Canexmar, S.L.) (Referencia 22700).

La entidad mercantil Canarias de Explotaciones Marinas, S.L. presentó en la oficina de la Administración Tributaria de Tenerife Sur una solicitud de subvención por importe de doscientos veinticinco mil doscientos setenta y ocho euros con setenta y seis céntimos (225.278,76 euros), para un proyecto de inversión que asciende a trescientos mil trescientos setenta y un euros con sesenta y ocho céntimos (300.371,68 euros), que se llevará a cabo en el término municipal de Arona, provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Inversión propuesta y coste elegible determinado:

Ver anexo en las páginas 12326-12327 del documento Descargar

El coste elegible a efectos de justificación y cálculo de la subvención asciende a la cantidad de trescientos treinta y tres mil setecientos un euros con setenta y seis céntimos (333.701,76 euros). Si a esta cantidad le aplicamos el porcentaje de subvención, 66%, el importe de la misma asciende a doscientos veinte mil doscientos cuarenta y tres euros con dieciséis céntimos (220.243,16 euros).

IX.- Alevines y Doradas, S.A. (Referencia 22703).

La entidad mercantil Alevines y Doradas, S.A. presentó en la oficina de la Administración Tributaria Canaria de Tenerife Sur con fecha 30 de agosto de 2010, una solicitud de subvención por importe de doscientos treinta y un mil (231.000,00) euros para un proyecto de inversión que asciende a la cantidad de trescientos ocho mil (308.000,00) euros que se llevará a cabo en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, provincia de Las Palmas.

Inversión propuesta y coste elegible determinado:

Ver anexo en la página 12328 del documento Descargar

El coste elegible a efectos de justificación y cálculo de la subvención asciende a la cantidad de doscientos sesenta y siete mil dieciséis euros con diecinueve céntimos (267.016,19 euros). Si a esta cantidad le aplicamos el porcentaje de subvención, 66%, el importe de la misma asciende a ciento setenta y seis mil doscientos treinta euros con sesenta y nueve céntimos (176.230,69 euros).

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- Por Orden de 23 de julio de 2010 (BOC nº 149, de 30.7.10), se convocaron subvenciones cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de la Pesca (FEP), destinadas a inversiones en acuicultura productiva, establecidas en la Sección 6ª del Capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa Operativo de Intervención Comunitaria del Fondo Europeo de Pesca de España, para el período de programación 2007-2013, aprobadas por Orden de 21 de junio de 2010, establece en su resuelvo séptimo la delegación en el Viceconsejero de Pesca de la resolución de la convocatoria, así como cuantas actuaciones sean necesarias para la ejecución de la misma.

Segundo.- Con el Reglamento (CE) nº 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio de 2006, se establece el Fondo Europeo de la Pesca (F.E.P.) y se define el marco de apoyo comunitario a favor del desarrollo sostenible del sector pesquero, de las zonas de pesca y de la pesca interior, siendo ejecutado a través del Programa Operativo Español del Fondo Europeo de la Pesca, aprobado por la Comisión mediante la Decisión C (2007) 6615, de 13 de diciembre de 2007.

Por su parte el Reglamento (CE) nº 498/2007, de la Comisión, de 26 de marzo de 2007, establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1198/2006, define el marco de apoyo comunitario a favor del desarrollo sostenible del sector pesquero, de las zonas de pesca y de la acuicultura.

Tercero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de las bases reguladoras ya mencionadas, el centro directivo competente en materia de pesca, la Viceconsejería de Pesca, llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la Propuesta de Resolución Provisional, a la vista de los informes técnicos y del Informe del Servicio de Estructuras Pesqueras.

Cuarto.- La Orden de convocatoria de 23 de julio de 2010, estableció en su resuelvo segundo, los créditos de los que se dotó a la misma, que ascendieron en un primer momento a dos millones doscientos mil (2.200.000,00) euros con cargo a la aplicación presupuestaria 13.09.714I.770.00, PILA08.7138.03, denominada "F.E.P. Acuicultura", de los cuales doscientos mil (200.000,00) euros se asignaron al ejercicio 2010 y dos millones (2.000.000,00) de euros se asignaron al ejercicio 2011.

Posteriormente, por Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de 17 de febrero de 2011 (BOC nº 50, de 9.3.11), se imputaron a la anualidad 2011, los créditos asignados inicialmente a la anualidad 2010, y se dispuso además una ampliación de créditos en la cuantía de dos millones ochocientos mil (2.800.000,00) euros.

Los créditos finales de los que dispone la convocatoria ascienden en total a cinco millones (5.000.000,00) de euros.

Quinto.- De conformidad con el artículo 44 de las bases reguladoras, la cuantía de las subvenciones a conceder estará determinada por el coste elegible de los proyectos que se aprueban, sin que en ningún caso puedan sobrepasar las cuantías fijadas para el Grupo IV del anexo II del Reglamento (CE) del Consejo, de 27 de julio de 2006.

En el caso que nos ocupa, el porcentaje máximo que se ha establecido para el cálculo de la subvención es del 66% del coste elegible determinado para cada proyecto de inversión.

Sexto.- El artículo 50 de las bases regula la instrucción del procedimiento de concesión, y establece en su apartado 2 con respecto a las disponibilidades presupuestarias, que cuando estas resultaran insuficientes para atender a todos los peticionarios se procederá a la evaluación de las solicitudes. En el caso que nos ocupa existe dotación presupuestaria suficiente, por lo que no ha sido necesario constituir el Comité de Valoración.

Séptimo.- Se han realizado los pertinentes informes de elegibilidad y de comprobación de valores de mercado, así como los informes económicos. Tras el estudio pormenorizado de los expedientes, en base a los mencionados informes y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 50.6 de las bases reguladoras, el órgano instructor eleva la propuesta de resolución provisional al órgano concedente, que adoptará la Resolución Provisional. Dicha propuesta deberá notificarse a los interesados mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias, para que en el plazo de 15 días presenten la aceptación expresa de la subvención. En caso de que no se otorgue la aceptación dentro del referido plazo, se entenderá que el interesado no acepta la subvención.

Por lo expuesto, a propuesta del Servicio de Estructuras Pesqueras y en base a las competencias que me han sido delegadas a tenor de lo establecido en el fundamento de derecho cuarto de la Orden de 23 de julio de 2010,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder provisionalmente una subvención, para inversiones productivas en acuicultura, a cada uno de los beneficiarios relacionados en el anexo II de esta Resolución provisional, por un importe global de cuatro millones novecientos sesenta mil cuatrocientos setenta y dos euros con cincuenta y seis céntimos (4.960.472,56 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 13.09.714I.770.00, PILA08.7138.03, denominada "F.E.P. Acuicultura".

Estas subvenciones están cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Pesca (FEP) en un 23,76%, por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino en un 12,76 % y por la Comunidad Autónoma Canaria en un 29,48% tal y como se recoge en el anexo V de esta Resolución.

Segundo.- Denegar la subvención a los solicitantes recogidos en el anexo IV de esta Resolución, por los motivos establecidos en el mismo.

Tercero.- Reseñar en el anexo III de esta Resolución la solicitud de subvención que ha sido archivada al tener por desistido a su peticionario por no presentar la documentación requerida en el plazo establecido.

Cuarto.- Los beneficiarios deberán comunicar la aceptación expresa de la subvención concedida en el plazo máximo de 15 días a contar desde la notificación de la presente resolución provisional a través del Boletín Oficial de Canarias. En el caso de que no se otorgue dicho documento dentro del referido plazo, se entenderá que el interesado no acepta la subvención.

Quinto.- Los interesados que acepten las subvenciones, una vez concedidas, asumen los requisitos, las condiciones y las obligaciones establecidas en las bases que regulan la convocatoria; entre ellas, someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con las mismas, se practiquen por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, la Intervención General, la Audiencia de Cuentas de Canarias o por cualquier otro órgano de control competente, así como facilitar toda la documentación e información que les sea requerida por los mismos y que estén relacionadas con el desarrollo de la actividad.

Sexto.- La realización de la actividad o adopción de la conducta subvencionada no podrá superar las fechas que a continuación se detallan:

ANUALIDAD FECHA DE REALIZACIÓN

2011 30 de septiembre de 2011

No obstante lo anterior, estos plazos podrán ser ampliados, en los términos establecidos en el artículo 56 de la Orden de bases.

Séptimo.- El plazo de justificación de la inversión no podrá superar las fechas que a continuación se detallan:

ANUALIDAD FECHA DE REALIZACIÓN

2011 15 de octubre de 2011

Octavo.- Notificar a los interesados la presente Resolución Provisional mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, haciéndoles saber que, si a su derecho conviene, podrán alegar su oposición contra este acto de trámite para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento, en los términos establecidos en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero.- Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de abril de 2011.- El Viceconsejero de Pesca, Manuel Fajardo Feo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de abril de 2011.- El Viceconsejero de Pesca, Manuel Fajardo Feo.

Ver anexo en las páginas 12331-12333 del documento Descargar

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