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BOC Nº 099. Jueves 19 de Mayo de 2011 - 2685

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

2685 ORDEN de 10 de mayo de 2011, por la que se modifica la Orden de 20 de septiembre de 2010, que efectúa convocatoria para el año 2010, de concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables, en el marco de la Orden de 6 de agosto de 2010, por la que se aprobaron las bases reguladoras que regirán las subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables (BOC nº 192, de 28.9.10).

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BOC-A-2011-099-2685. Firma electrónica-Descargar

Examinado el expediente tramitado por la Viceconsejería de Industria y Energía, por la que se modifica la Orden de 20 de septiembre de 2010, por la que se efectúa convocatoria para el año 2010, de concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables, en el marco de la Orden de 6 de agosto de 2010, por la que se aprobaron las bases reguladoras que regirán las subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables.

Vista la iniciativa formulada por el Viceconsejero de Industria y Energía.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- Por Orden de 6 de agosto 2010, se establecen las bases generales que regirán las subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables, publicada en el Boletín Oficial de Canarias de 25 de agosto de 2010.

Segundo.- Por Orden de 20 de septiembre de 2010, se efectúa convocatoria para el año 2010, de concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables, en el marco de la citada Orden de 6 de agosto de 2010.

Tercero.- Según el resuelvo tercero de la Orden de 20 de septiembre de 2010, el importe del crédito presupuestario que ha de financiar la convocatoria asciende a la cantidad de 360.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 15.04.731B.770.00, proyecto de inversión 06.7151.21 denominado "Plan Energías Renovables: IDAE" y de 550.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 15.04.731B.770.00, proyecto de inversión 02.7089.01 denominado "Energías Renovables, Eficacia y Ahorro Energético".

Cuarto.- Mediante Acuerdo de Gobierno de 25 de noviembre de 2010, por el que se establecen medidas extraordinarias para ordenar la gestión presupuestaria de gastos y coadyuvar al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, se adoptó entre otros, lo siguiente: "Que a partir del 25 de noviembre no se realizaría ninguna actuación por parte del sector público autonómico con presupuesto limitativo que conlleve la autorización y/o compromiso de gasto, así como la retención de créditos presupuestarios con cargo al ejercicio 2010". Asimismo, el Acuerdo de Gobierno establecía en su apartado 2º la posibilidad de efectuar la solicitud de exceptuación de los citados plazos, la cual fue solicitada, no constando en el expediente comunicación de exceptuación alguna, lo que impidió continuar la tramitación de la convocatoria durante el ejercicio 2010.

Quinto.- La Ley 11/2010, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2011 (BOC nº 257, de 31.12.10), contempla crédito para el ejercicio 2011 para atender las actuaciones de este procedimiento que quedaron pendientes con cargo a la aplicación presupuestaria 15.08.425A.780.00, proyecto de inversión 02.7089.01 denominado "Energías Renovables, Eficacia y Ahorro Energético" por importe de 100.000 euros y proyecto de inversión 06.7151.21 denominado "Plan de Energías Renovables: IDAE" por importe de 360.000 euros.

Sexto.- Con fecha 18 de febrero de 2011, el IDAE aprobó el Plan de Trabajo en el que se contemplan las actuaciones a realizar por la Comunidad Autónoma para las actuaciones correspondientes al Convenio 2010, para la ejecución de las medidas previstas en el Plan Energías Renovables.

En su virtud, en uso de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar el resuelvo tercero de la Orden de 20 de septiembre de 2010, se efectúa convocatoria para el año 2010, de concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables, en el marco de la Orden de 6 de agosto de 2010, por la que se aprobaron las bases reguladoras que regirán las subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables quedando como sigue:

"El importe total del crédito presupuestario que ha de financiar la presente convocatoria asciende a la cantidad de 460.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 15.08.425A.780.00, proyecto de inversión 02.7089.01 denominado "Energías Renovables, Eficacia y Ahorro Energético" por importe de 100.000 euros, y proyecto de inversión 06.7151.21 denominado "Plan Energías Renovables: IDAE" por importe de 360.000 euros.

El crédito se repartirá entre las tres líneas de acción definidas en el anexo I, de la forma que se detalla y con el siguiente orden de prevalencia de los créditos disponibles:

* Solar fotovoltaica conectada a red de distribución de hasta 10 Kw de potencia nominal emplazadas en inmuebles o edificios que no estén obligados por el Código Técnico de la Edificación hasta alcanzar la cifra de 100.000 euros.

* Solar fotovoltaica y/o eólica aislada hasta alcanzar la cifra de 100.000 euros.

* Otras instalaciones, hasta alcanzar la cifra de 260.000 euros.

En caso de que la cuantía asignada a una actuación no se cubra en su totalidad, la parte sobrante se asignará a la siguiente actuación, según el orden de prevalencia, excepto para las instalaciones de solar fotovoltaica conectada a red, que sólo podrán ser subvencionadas con cargo a la aplicación presupuestaria 15.08.425A.780.00, proyecto de inversión 02.7089.01.

La cuantía total de los créditos asignados a la convocatoria podrá ser incrementada en el caso de que exista cobertura económica para llevarla a cabo, cuya aplicación a la concesión de las subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria, siempre y cuando se publique en el Boletín Oficial de Canarias la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva con carácter previo a la resolución de concesión, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver."

Segundo.- Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante la Consejera de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a su notificación; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Las Palmas, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del siguiente al de la notificación; significándole que en el caso de presentar recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de mayo de 2011.

LA CONSEJERA DE EMPLEO,

INDUSTRIA Y COMERCIO,

María del Mar Julios Reyes.

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