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BOC Nº 098. Miércoles 18 de Mayo de 2011 - 2668

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente

2668 Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 5 de mayo de 2011, del Director Ejecutivo, sobre notificación a D. Amaranto Medina Santana, de la Resolución por la que se acuerda iniciar procedimiento de restablecimiento del orden jurídico infringido, recaída en el expediente de I.U. 1325/07-(I.U. 1749/2007).

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BOC-A-2011-098-2668. Firma electrónica-Descargar

No habiéndose podido practicar la notificación a D. Amaranto Medina Santana, de la Resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, nº 591, de fecha 1 de abril de 2011, por la que se acuerda iniciar procedimiento de restablecimiento del orden jurídico infringido, procede la notificación por los medios previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En consecuencia, a continuación se transcribe y para que sirva de notificación, extracto de la citada resolución.

R E S U E L V O:

Notificar a D. Amaranto Medina Santana, la Resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, nº 591, de fecha 1 de abril de 2011, recaída en el expediente instruido en esta Agencia, por infracción al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, con referencia I.U. 1325/07-(I.U. 1749/2007), y cuya parte dispositiva dice textualmente:

R E S U E L V O:

Primero.- Iniciar procedimiento administrativo en orden a restaurar el orden jurídico infringido y a reponer la realidad física alterada por D. Amaranto Medina Santana por la ejecución de cuarto de 12 m2 con muros de piedra y cubierta plana de planchas, adosado a el fue levantada una habitación de 15 m2 con paredes de piedra que se encuentra en estado de ruina, sin cubierta y con los muros semiderruidos, instalación de una vieja caravana, de unos 12 m2 para uso residencial, ejecución de cuarto aislado de 20 m2, con muros de bloque de hormigón parcialmente revestidos en piedra y ejecución, en precario, a base de tablas y planchas de cuarto aislado de 2 m2 en suelo clasificado y categorizado como rústico productivo agrícola, en el lugar conocido como Sequero Alto del término municipal de San Bartolomé de Tirajana.

Segundo.- Informar al interesado de que dispone de un plazo de quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes en esta Agencia, y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse según establece el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, a cuyos efectos tendrá de manifiesto el expediente administrativo en esta Agencia.

Tercero.- Notificar la presente Resolución a cuantos interesados aparezcan en el expediente, así como comunicar al Ayuntamiento.

Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento, para su inserción en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de mayo de 2011.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.

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