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BOC Nº 095. Viernes 13 de Mayo de 2011 - 2560

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria

2560 EDICTO de 18 de abril de 2011, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000685/2010.

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BOC-A-2011-095-2560. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. Margarita Betancor Rodríguez, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a quince de abril de dos mil once.

Vistos y examinados por Dña. Elsa del Rosario Díaz Ravelo, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Tres de esta Localidad y su Partido, los autos de Divorcio Contencioso, seguidos con el número de orden 685/10 promovidos a instancia de Dña. Juana Zenaida Miranda Navarro, representado por la Procuradora Sra. Santiago Cuesta y asistido de Letrado Sr. Ramírez Rodríguez contra D. Willian Antonio Núñez Reyes en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Que estimando como estimo la concurrencia de los presupuestos y requisitos legales para ello, debo decretar y decreto la disolución por divorcio del matrimonio formado por Dña. Juana Zenaida Miranda Navarro y por D. Willian Antonio Núñez Reyes, con todos los efectos legales inherentes a este pronunciamiento.

No procede hacer expresa imposición de las costas procesales.

Una vez firme esta sentencia, remítase testimonio de la misma al Encargado del Registro Civil del lugar donde esté inscrito el matrimonio y el nacimiento de los hijos.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de Apelación, el cual deberá ser anunciado en el plazo de cinco días.

Expídase y únase certificado de esta sentencia a las actuaciones, llevando el original al Libro de Sentencias.

Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Antonio Núñez Reyes, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de abril de 2011.- El/la Secretario Judicial.

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