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BOC Nº 089. Jueves 5 de Mayo de 2011 - 2391

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente

2391 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 20 de abril de 2011, por la que se somete a información pública y cooperación interadministrativa el Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Costa Teguise-Teguise (Lanzarote).

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BOC-A-2011-089-2391. Firma electrónica-Descargar

Examinado el expediente administrativo 2011/0726 que se instruye en esta Dirección General relativo al documento de planeamiento del Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Costa Teguise (Lanzarote).

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- El Gobierno de Canarias dentro de las medidas e incentivos para la renovación de las Infraestructuras y edificaciones turísticas contempladas en la Ley 6/2009, de 6 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo, prevé proyectos de sustitución rehabilitación y reforma, en este contexto se elabora el Plan para la modernización de Costa Teguise que propone los siguientes proyectos:

Actuaciones en el espacio público.

Como intervención estratégica se propone mejorar los accesos a la costa, aportando la ordenación de siete grandes ejes de espacio libre transversales que esponjan la trama urbana y desembocan en el paseo marítimo.

Actuaciones en el espacio privado.

El Plan de modernización, mejora e incremento de la competitividad de Costa Teguise incorpora 13 proyectos de sustitución, rehabilitación y reforma, que contribuyen a la revitalización del espacio privado, apostando por la calidad y ofreciendo usos necesarios para una ciudad turística como es Costa Teguise:

1. Apartamentos Sand Beach Resort: Proyecto de rehabilitación de los apartamentos Sand Beach Resort que hace una apuesta por la calidad aumentando la categoría de 2 llaves a 3 estrellas extra-hotelero.

2. Apartamentos Club Siroco: Proyecto de rehabilitación para pasar de apartamentos de 2 llaves a Hotel de 4 estrellas.

3. Apartamentos Galeón Playa: Proyecto de rehabilitación para pasar de apartamento de 3 llaves a hotel de 4 estrellas.

4. Hotel Gran Teguise Playa: Proyecto de rehabilitación manteniendo las 4 estrellas y adecuándose a los estándares de calidad.

5. Hotel Occidental Allegro Oasis: Proyecto de rehabilitación manteniendo las 4 estrellas y adecuándose a los estándares de calidad.

6. Apartamentos Océano: Proyecto de rehabilitación para aumentar la categoría de 2 llaves a 4 estrellas extra-hotelero.

7. Equipamiento deportivo Toca Sport: Proyecto de rehabilitación y reforma del equipamiento turístico complementario complejo deportivo Toca Sport con el fin de ofrecer nuevas y mejores instalaciones al turismo especializado.

8. Apartamentos Nazaret: Proyecto de rehabilitación para aumentar la categoría de 2 llaves a 4 estrellas extra-hotelero.

9. Apartamentos El Guarapo: Proyecto de rehabilitación para aumentar la categoría de 1 llave a 3 estrellas extra-hotelero.

10. Apartamentos Santa Rosa Tanguaro, S.L.: Proyecto de rehabilitación manteniendo la categoría de 3 llaves, pero ofreciendo unas nuevas instalaciones deportivas para el turismo deportivo.

11. Colegio Arenas: Proyecto de rehabilitación y reforma del equipamiento deportivo asociado al colegio Arenas con el fin de ofrecer nuevas y mejores instalaciones al turismo especializado.

12. Edificio de restauración situado en la calle Las Olas, 2: Proyecto de sustitución por un nuevo edificio de equipamiento turístico complementario comercial.

13. Establecimiento de restauración en la calle Arenas Blancas, 37: Proyecto de sustitución por un nuevo edificio de equipamiento turístico complementario comercial.

Segundo.- Por los servicios Técnico y Jurídico Administrativo de planeamiento Oriental de esta Dirección General han sido evacuados informes técnico y jurídico de fecha 18 de abril de 2011 respectivamente, asimismo se han solicitado las consultas a las administraciones públicas con competencias específicas relacionadas con el Plan que se trata, así como a los efectos de determinar si el mismo puede ser excluido de evaluación ambiental estratégica.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 15 de la Ley 6/2009, de 6 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo, prevé incentivos y medidas para la renovación de la infraestructura y edificaciones turísticas. El título del mencionado precepto es "Turismo y Sostenibilidad Territorial".

Como señala la Exposición de Motivos, entre los objetivos de abordar el desarrollo turístico dentro del marco de la sostenibilidad, la Ley regula una serie de medidas tendentes a potenciar la oferta de calidad, incentivar la renovación de la planta alojativa y modular el crecimiento de la misma.

Segunda.- El Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Costa Teguise no está contemplado en el planeamiento de Teguise, la COTMAC, en sesión celebrada el 20 de mayo de 2003, acordó aprobar definitivamente de forma parcial el Texto Refundido de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Teguise, con suspensión de los núcleos turísticos-residenciales de Costa Teguise y de Islas Home. La normativa de las NNSS de Planeamiento aprobadas parcialmente por distintos acuerdos de la COTMAC, fueron publicadas en el BOP nº 7, de 16 de enero de 2004. El Plan Parcial Especial de Ordenación "La Maleza de Tahíche, Cortijo del Majo y Llanos del Charco, Costa Sur de Teguise" se aprobó definitivamente por la Comisión Provincial de Urbanismo el 31 de marzo de 1973.

Tercera.- El procedimiento establecido en el mencionado artículo 15 de la Ley 6/2009, de 6 de mayo, contempla una tramitación abreviada para los planes o programas específicos de modernización, mejora e incremento de la competitividad del sector, cuando sus actuaciones no estén previstas en el Planeamiento, o sean contrarios al mismo, determinando el cumplimiento del trámite de cooperación administrativa previsto en el artículo 11 del Texto Refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/2000, así como la evaluación ambiental estratégica, prevista en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, salvo que se excluya por su escasa trascendencia territorial y ambiental.

El documento de planeamiento abreviado redactado será sometido a informe del Ayuntamiento de Teguise y del Cabildo Insular de Lanzarote, y se expondrá al trámite de información pública.

Evacuados los anteriores trámites debe someterse a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, con carácter previo a la aprobación por el Gobierno de dicho Plan.

En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida

R E S U E L V O:

Primero.- Incoar el expediente e impulsar el procedimiento de aprobación del Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Costa Teguise-Teguise (Lanzarote), según prevé el artículo 15 de la Ley 6/2009, de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo.

Segundo.- Tomar en conocimiento el documento de planeamiento abreviado denominado Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Costa Teguise-Teguise (Lanzarote), y someter a información pública, por plazo de un mes, contados a partir del día siguiente al de su publicación, mediante inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias y en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia, y al trámite de consulta, por el mismo plazo, estando el expediente de manifiesto en las siguientes oficinas de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes:

Dirección General de Ordenación del Territorio: calle Agustín Millares Carlo, nº 18, Edificio Usos Múltiples II, 4ª planta, Las Palmas de Gran Canaria.

Tercero.- Solicitar informe al Ayuntamiento de Teguise y al Cabildo Insular de Lanzarote, evacuados los anteriores trámites se eleve a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, con carácter previo a la aprobación por el Gobierno de Canarias.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo no obstante interponer el que se considere oportuno se entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de abril de 2011.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.

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