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BOC Nº 082. Martes 26 de Abril de 2011 - 2209

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

2209 Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 8 de abril de 2011, del Director, relativo a notificación a D. José Corcoles Alcantud del requerimiento de 3 de febrero de 2011, en relación a su solicitud de subvención financiera de las previstas en el programa Promoción de empleo autónomo regulado por la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio.- Expte. 10-38/07393.

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BOC-A-2011-082-2209. Firma electrónica-Descargar

Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación del requerimiento citado en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a D. José Corcoles Alcantud, del requerimiento de fecha 3 de febrero de 2011 y número de registro de salida 67996/13183, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Asunto: requerimiento solicitud de subvención.

En relación con su solicitud registrada de entrada en estas dependencias el día 27 de septiembre de 2010, con el número de registro 1.227.418, a los efectos de acogerse a las subvenciones previstas en el programa "Promoción del empleo autónomo", regulado en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo, se le requiere para que, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del siguiente al de recibo de esta notificación, presente ante el Servicio Canario de Empleo original y fotocopia compulsada de la siguiente documentación:

* Memoria de viabilidad (según modelo anexo II) corregida, ya que en el apartado 3.2 "Financiación de las inversiones previstas" consta que el importe del préstamo es de 25.000,00 euros, sin embargo, según la certificación aportada del BBVA es de 27.000,00 euros. Por otro lado, el importe total que debe figurar en el punto 3.1 "Plan de inversiones iniciales" ha de ser como mínimo el importe del préstamo, según el punto c) del apartado 2 del artículo 9 de la Orden TAS/1622/2007.

* (*) Certificación acreditativa de las condiciones del préstamo expedido por la entidad financiera que se lo haya concedido (según nuevo modelo anexo III), ya que en la aportada el BBVA puso los intereses de solo 6 meses.

* Cuadro de amortización del préstamo.

* Contrato o póliza de préstamo.

* Extracto bancario del autónomo de los dos talones por importes de 2.500,00 euros cada uno.

* Hasta el día de la fecha, solo justifica como inversión en inmovilizado el importe de 25.000,00 euros (pendiente de que aporte el extracto bancario mencionado en el punto anterior). No obstante, como el préstamo concedido es de 27.000,00 euros, ha de aportar la siguiente documentación hasta completar el total de dicho préstamo según el punto c) del apartado 2 del artículo 9: "El préstamo deberá destinarse, al menos un 75 por ciento, a financiar inversiones en inmovilizado, pudiéndose destinar hasta un 25 por ciento a financiar activo circulante ...":

* Nuevo anexo V (según modelo) en cuyo punto 2 han de figurar los datos de las nuevas facturas aportadas.

* Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil por importe de 2.000,00 euros en inmovilizado o circulante.

* Documentos acreditativos de pago, que deberán acreditarse mediante la aportación de:

a. Para facturas pagadas en efectivo, recibo del proveedor en el que conste: número de factura, forma de pago, fecha e importe debidamente firmado y sellado por el mismo (según modelo).

b. Para facturas pagadas mediante tarjeta de crédito, copia del justificante de dicho pago.

c. Para facturas pagadas mediante transferencia bancaria, extracto bancario que refleje la operación.

d. Para facturas pagadas mediante talón o cheque bancario, copia del mismo y extracto bancario que refleje la operación.

Teléfono de contacto: (922) 474579, Sonia.

(*) Los modelos de Memoria de viabilidad (anexo II), de la certificación de la entidad financiera (anexo III) y de anexo V (denominado documentación preceptiva para el pago) podrá encontrarlos en nuestra página Web:

https://www.gobiernodecanarias.org/empleo/portal/portalDesempleado/empleo/autonomos/solic_subvencion.html.

La subsanación de las deficiencias señaladas en los párrafos anteriores, dentro del plazo establecido, significa la admisión a trámite de su solicitud, si bien no presupone la aprobación de la subvención interesada.

Una vez transcurrido este plazo, sin que se hubiese cumplimentado este trámite, este Organismo, en aplicación de lo recogido en el artículo 71.1 de la Ley Estatal 30/1992, de 26 de noviembre (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), le tendrá por desistido de su petición, previa resolución expresa que será dictada en los términos recogidos en el artículo 42 de la Ley citada."

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de abril de 2011.- El Director, Alberto Génova Galván.

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