Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 080. Miércoles 20 de Abril de 2011 - 2122

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife

2122 EDICTO de 21 de marzo de 2011, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0002024/2009.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 8 Kb.
BOC-A-2011-080-2122. Firma electrónica-Descargar

Dña. Lucía Medina Cairós, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de Santa Cruz de Tenerife.

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

"En Santa Cruz de Tenerife, a dos de marzo de dos mil once.

Vistos por Dña. María del Mar Sánchez Hierro, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ordinario, registrados con el número 2024/09, promovidos por el Procurador Sr. Poggio Morata, en nombre y representación de D. Marcos Miguel Guerrero Ramos, bajo la dirección técnica del Letrado Sr. Marín Fernández de la Puente, contra D. Rogelio Ángel Concepción Hernández, declarado en situación de rebeldía procesal, ha pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, con base en los siguientes (...)"

"FALLO

1º) Se estima la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Marcos Miguel Guerrero Ramos frente a D. Rogelio Ángel Concepción Hernández.

2º) Se condena al demandado a abonar al actor la suma de 30.334,81 -treinta mil trescientos treinta y cuatro con ochenta y un- euros, más el interés legal de dicha suma desde la interposición de la demanda.

3º) Las costas procesales se imponen al demandado.

Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación, que deberá prepararse por escrito ante este Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a su notificación, y exigirá la constitución de un depósito, mediante ingreso en la cuenta de consignaciones del Juzgado, por importe de cincuenta euros.

Así por esta mi Sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo".

Y para que sirva de notificación a D. Rogelio Ángel Concepción Hernández, cuyo domicilio se desconoce, expido el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 17 de marzo de 2011.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Rogelio Ángel Concepción Hernández, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 21 de marzo 2011.- El/la Secretario Judicial.

© Gobierno de Canarias