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BOC Nº 072. Viernes 8 de Abril de 2011 - 1870

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente

1870 Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria.- Anuncio de 30 de marzo de 2011, de la Directora, por el que se hace pública la Resolución de 10 de marzo de 2011, que inicia procedimiento sancionador nº GC-2/11-BE, a Destilerías de las Islas Canarias, S.L., por presuntas infracciones en materia de calidad agroalimentaria.

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BOC-A-2011-072-1870. Firma electrónica-Descargar

ANTECEDENTES

Intentada por los servicios de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos la notificación a Destilerías de las Islas Canarias, S.L., de la Resolución de 10 de marzo de 2011, del procedimiento sancionador nº GC-2/11-BE, en materia de calidad agroalimentaria, sin que pudiese entregarse la misma.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 59.4 de la Ley Estatal 30/1992, de 26 de noviembre (BOE nº 285, de 27.11.92), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), establece que cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o el medio a que se refiere el punto 1 de este artículo, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, en el Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, según cual sea la Administración de la que proceda el acto a notificar, y el ámbito territorial del órgano que lo dictó.

Segundo.- Por otra parte el artículo 61 de la citada Ley 30/1992, recoge que si el órgano competente apreciase que la notificación por medio de anuncios o la publicación de un acto lesiona derechos o intereses legítimos, se limitará a publicar en el Diario Oficial que corresponda una somera indicación del contenido del acto y del lugar donde los interesados podrán comparecer, en el plazo que se establezca, para conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento.

En consecuencia,

R E S U E L V O:

Primero.- Notificar a Destilerías de las Islas Canarias, S.L, mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, la Resolución de 10 de marzo de 2011, del procedimiento sancionador nº GC-2/11-BE en materia de calidad agroalimentaria, cuyos datos identificativos son:

EXPEDIENTE SANCIONADOR Nº: GC-2/11-BE.

EXPEDIENTADO: Destilerías de las Islas Canarias, S.L.

C.I.F.: B-76046374.

INFRACCIONES: en materia de calidad agroalimentaria (Bebidas Espirituosas) previstas en el artículo 4.2.5 del Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, y artículo 4.3.1 del mismo Real Decreto, así como el artículo 38.1.q) de la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la viña y del vino.

Primero.- Poner en conocimiento del interesado que en la sede el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, sito en calle Jesús Hernández Guzmán, nº 2, planta C, Polígono Industrial El Mayorazgo, 38110-Santa Cruz de Tenerife, de lunes a viernes en horario de 9 a 13 horas, tiene a su disposición el expediente sancionador de referencia, durante el plazo de diez días hábiles desde la presente publicación, para conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento. En el caso de no comparecer en dicho plazo, se considerará que el acto ha sido notificado en forma, continuándose la tramitación en los términos que procedan en Derecho.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de marzo de 2011.- La Directora, Sulbey González González.

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