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BOC Nº 071. Jueves 7 de Abril de 2011 - 1816

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Las Palmas de Gran Canaria

1816 EDICTO de 1 de marzo de 2011, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000484/2010.

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BOC-A-2011-071-1816. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. Miguel Ángel Izquierdo Luengo, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

Vistos por mí, D. José Óscar Roldán Montiel, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 13 de los de Las Palmas de Gran Canaria, los presentes autos de Juicio Ordinario registrado con el número arriba indicado, seguidos a instancia del Procurador de los Tribunales Sr. Ramírez Hernández en nombre y representación de la entidad "Gedetec, S.L.", defendida por el letrado Sr. Aranda Rodríguez contra Fernando Díaz Medina y Juan Manuel Matías Suárez, representados por el Procurador de los Tribunales Sr. Sintes Sánchez y contra José Antonio Matías Suárez, en situación de rebeldía procesal, resultan los siguientes.

FALLO:

Que en el Juicio Ordinario 484/2010 promovido a instancia del Procurador de los Tribunales Sr. Ramírez Hernández en nombre y representación de la entidad "Gedetec, S.L." defendida por el Letrado Sr. Aranda Rodríguez contra Fernando Díaz Medina y Juan Manuel Matías Suárez, representados por el Procurador de los Tribunales Sr. Sintes Sánchez y defendido por el Letrado Aranda González, y contra José Antonio Matías Suárez, debo de estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la primera frente a los segundos, debiendo condenar solidariamente a José Antonio Matías Suárez, Fernando Díoaz Medina y Juan Manuel Matías Suárez al pago de 50.025,21 euros por principal, más los intereses de dicha cantidad desde la interposición de la demanda hasta su total abono, todo ello con la expresa interposición a José Antonio Matías Suárez del pago de las costas ocasionadas tanto a la actora como a los demandados allanados.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Juan Manuel Matías Suárez, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de marzo de 2011.- El/la Secretario Judicial.

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